Guía básica para no perderte al tramitar una herencia en Bizkaia.

El fallecimiento de un ser querido es un momento difícil, y a ello se suma la necesidad de gestionar su herencia. En Bizkaia, como en el resto de España, la tramitación de una herencia implica varios pasos que deben seguirse con atención para evitar problemas futuros.

Imaginemos el caso de Aitor, quien acaba de perder a su padre. Lo primero que debe hacer es obtener el certificado de defunción en el Registro Civil. Con este documento, podrá solicitar el certificado de últimas voluntades, que indica si su padre otorgó testamento. Si existe testamento, habrá que acudir a un notario para obtener una copia autorizada; si no lo hay, se deberá tramitar la declaración de herederos.

En el caso de Aitor, su padre dejó testamento y designó a él y a su hermana como herederos. Ahora deben realizar un inventario de bienes y deudas, lo que implica recopilar información sobre propiedades, cuentas bancarias, vehículos o cualquier otro activo, así como posibles obligaciones pendientes. Conviene solicitar el certificado de seguros de vida, para comprobar si el fallecido tenía alguno suscrito en vigor, y habrá que acudir a las entidades bancarias para solicitar certificado de posiciones a la fecha del fallecimiento. Es fundamental contar con asesoramiento legal en esta fase para asegurarse de que todo esté correctamente documentado.

Una vez hecho el inventario, llega el momento de calcular y liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el famoso «650». En Bizkaia, este tributo varía según el grado de parentesco y el valor de la herencia. Los descendientes directos, como Aitor, tienen una exención de hasta 400.000€, aunque es importante presentar la liquidación dentro del plazo de un año desde el fallecimiento para evitar recargos.

Los herederos también deben acudir a un notario para formalizar la escritura de adjudicación de herencia, lo cual puede hacerse antes o después de presentar el «650». Muchas veces no se llega a realizar este trámite, en especial si vive el cónyuge de la persona fallecida, pero este documento es imprescindible para inscribir los bienes a nombre de los nuevos propietarios y poder disponer de ellos libremente. Por ejemplo, si Aitor y su hermana heredan un piso y deciden venderlo, primero deben haber completado este proceso..

Por último, la inscripción de los bienes en los registros correspondientes es esencial. En el caso de inmuebles, hay que actualizar la titularidad en el Registro de la Propiedad; para cuentas bancarias, cada entidad financiera exigirá documentación específica antes de permitir el acceso a los fondos.

Tramitar una herencia en Bizkaia requiere tiempo y atención a los detalles. Contar con asesoramiento adecuado puede hacer que el proceso sea más ágil y evitar problemas en el futuro. En un momento de duelo, resolver estos asuntos con tranquilidad y seguridad es fundamental para seguir adelante.

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Mentiras y verdades sobre la ampliación del Guggenheim en Urdaibai. (O cómo se vende como sostenible la destrucción de una Reserva de la Biosfera).

Por Lorea Flores, coordinadora de Greenpeace en Euskadi, y Pablo Aretxabala, voluntario de Greenpeace en Euskadi. Este artículo fue publicado originalmente en el medio digital 20 Minutos.

¿Por qué es tan difícil proteger la biodiversidad y tan fácil amenazarla? Esta pregunta vuelve a plantearse ante el proyecto de construir una nueva sede del Museo Guggenheim en pleno corazón de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, un espacio natural legalmente protegido.

Los argumentos en contra de este proyecto son tan abrumadores y evidentes que parece increíble tener que explicarlos repetidamente, pero, una vez más, resulta necesario recordar algunas obviedades, y también algunas cuestiones de las que no se habla tanto, pero que son igualmente relevantes.

En primer lugar, el argumento más obvio y que debería bastar para descartar completamente el proyecto es que Urdaibai no es un lugar cualquiera: es la única Reserva de la Biosfera de Euskadi y atesora una biodiversidad excepcional. Sus marismas y bosques son refugio de numerosas especies protegidas, incluidas aves migratorias, y por su alto valor ecológico acumula varias figuras de protección ambiental a nivel autonómico, estatal e internacional. Sin embargo, paradójicamente, es en este enclave de máxima protección donde se pretende levantar un macroproyecto museístico. Por mucho que se quiera vestir de sostenible, el impacto ecológico sería inevitable: la construcción y la afluencia masiva de visitantes amenazarían el equilibrio de unos ecosistemas ya frágiles, con claras afectaciones a la flora y fauna locales y a la calidad del agua de la ría.

¿Por qué un museo de esta envergadura tiene que ubicarse precisamente en el enclave más especial y único del 24% del territorio vasco que goza de protección estricta, cuando existe un 76% del territorio sin esas figuras de protección? Si el objetivo es ampliar la oferta cultural de Euskadi, sobran localizaciones alternativas de mucha menor sensibilidad ambiental.

En segundo lugar, hay que destacar que la mera posibilidad de ubicar el Guggenheim en este entorno existe sorteando o reinterpretando normativas ambientales concebidas para proteger la franja costera. Un ejemplo claro es la Ley de Costas, diseñada para impedir edificaciones en la franja litoral y zonas inundables. Para hacer hueco al museo, las autoridades han moldeado esta ley a su favor, generando un preocupante precedente: ¿de qué sirven las leyes de protección territorial si pueden flexibilizarse cuando un proyecto de este tipo quiere instalarse? Este manejo laxo de la normativa pone en cuestión la seriedad con la que se tratan nuestras áreas protegidas.

En tercer lugar, los defensores del proyecto argumentan que la llegada del museo traerá consigo la recuperación ambiental de la zona. Se promete descontaminar los suelos industriales del antiguo astillero de Murueta, limpiar acuíferos y renaturalizar áreas invadidas por especies exóticas. Estas acciones suenan loables, pero es importante subrayar que no son ningún regalo del museo, sino requisitos imprescindibles sin los cuales el museo ni siquiera podría construirse. En otras palabras, están intentando vestir de “beneficio” lo que en realidad es una condición imprescindible: sin la previa restauración ambiental, el proyecto no sería viable porque actualmente los terrenos están contaminados y son inapropiados para edificar. Resulta descorazonador que hayan tenido que vincular estas mejoras ambientales a un museo para que las instituciones se planteen acometerlas, cuando deberían haberse emprendido hace años por responsabilidad con la Reserva.

La regeneración ambiental y las obras necesarias para el Guggenheim de Urdaibai se sufragarán mayoritariamente con dinero público: ya hay comprometidos unos 80 millones de euros, aportados a partes iguales por el Estado y las instituciones vascas, para las labores de descontaminación y adecuación del sitio. Este uso de fondos públicos suscita preguntas: ¿es justificable invertir tal cantidad para fomentar un proyecto privado en lugar de destinarla a la conservación de la zona y al bienestar de sus habitantes? Además, muchos de los trabajos de descontaminación deberían ser responsabilidad del astillero que contaminó el entorno, no del contribuyente. 

En cuarto lugar, se utiliza el argumento del «éxito» del Guggenheim original, que se considera el emblema de la transformación de un Bilbao industrial y decadente, pero replicar esa “fórmula Guggenheim” en Urdaibai es un error de bulto. Aquí no estamos hablando de un paisaje urbano degradado que necesite revitalización, sino de un espacio natural de alto valor que ya sufre una gran presión por el turismo y que lo que requiere es la mayor conservación posible. 

Un museo de arte contemporáneo enclavado en la ría no responde a ninguna necesidad cultural local apremiante, sino a una mera estrategia económica de atraer aún más visitantes. Esto agravaría la turistificación de la comarca, con efectos adversos sobre el coste de la vida, la presión sobre los servicios básicos y la tranquilidad de la población local. En términos ambientales, un mayor flujo turístico implicaría más tránsito, más emisiones y más alteraciones en un entorno que debería permanecer lo más intacto posible. El desarrollo sostenible de Urdaibai pasa por potenciar la conservación y en todo caso por un turismo responsable de muy pequeña escala, no por proyectos masivos que multiplican la afluencia y el consumo de recursos.

Por último, la elección de la ribera de la ría para emplazar el museo no sólo es problemática por su impacto ecológico, sino también por el riesgo físico: la zona propuesta es inundable, y ya estamos viendo con demasiada frecuencia las consecuencias de edificar en este tipo de zonas. Con el cambio climático, el nivel del mar seguirá subiendo y los temporales serán más intensos, por lo que construir hoy un museo en primera línea de costa, expuesto a inundaciones en las próximas décadas, resulta una decisión miope; significaría invertir más dinero público en defensas contra el agua y futuras reparaciones. En plena emergencia climática, las Administraciones deberían extremar la prudencia y evitar ubicar nuevas infraestructuras críticas en zonas de riesgo previsible.

En definitiva, la propia Administración incurre en una seria contradicción con sus compromisos ambientales. Por un lado, se proclama la defensa de la biodiversidad y la lucha contra la crisis ecológica, mientras, por otro, se impulsa una infraestructura de fuerte impacto en una zona que debería ser un estandarte de la conservación, minando así la credibilidad institucional. Urdaibai debería ser un símbolo de equilibrio entre el ser humano y la naturaleza, no el escenario de una nueva y clamorosa victoria del desarrollo mal entendido, maquillado de sostenibilidad.

En realidad, el problema es que el Guggenheim de Urdaibai plantea un dilema de fondo: ¿qué modelo de progreso queremos seguir? Los argumentos en contra de este proyecto invitan a reflexionar sobre nuestras prioridades. ¿Estará la nueva directora del Museo Guggenheim abierta a esta reflexión para reconsiderar este despropósito y ayudar a cambiar el rumbo?

Para Greenpeace, este proyecto es anticuado y depredador de la naturaleza. Sin naturaleza no hay cultura ni arte, porque, sin ecosistemas sanos, la propia supervivencia humana está en riesgo. Cultura y naturaleza, lejos de enfrentarse, sólo pueden ir de la mano.

Cómo crear una SL explicado paso a paso

Imaginemos a tres amigos de Bilbao: Marta, Iker y Jon. Llevan años trabajando en el sector tecnológico y han decidido dar el paso para crear su propia empresa de desarrollo de software. Han optado por una Sociedad Limitada (SL) porque les ofrece flexibilidad y limita su responsabilidad al capital aportado. Pero, ¿cuáles son los pasos que deben seguir para constituirla en Bizkaia?

Lo primero es elegir un nombre para la empresa. Tras varias discusiones, deciden llamarla «TeknoBil SL». Para asegurarse de que el nombre esté disponible, acuden al Registro Mercantil Central y solicitan una certificación negativa de denominación social. Este documento les confirma que pueden usar el nombre sin conflicto con otra empresa registrada.

Con el nombre asegurado, deben redactar los estatutos de la sociedad. En ellos establecen aspectos clave como el objeto social (desarrollo y consultoría de software), el domicilio (una oficina en el centro de Bilbao) y la distribución del capital social, que fijan en 3.000 euros, el mínimo requerido. Como son tres socios, cada uno aporta 1.000 euros. Este capital debe ingresarse en una cuenta bancaria a nombre de la sociedad en constitución, obteniendo el certificado bancario correspondiente.

El siguiente paso es formalizar la escritura de constitución ante notario. Acuden juntos a una notaría en Bilbao y firman el documento que recoge la creación de «TeknoBil SL». En este punto, designan a Marta como administradora única, ya que prefieren una gestión ágil sin necesidad de acuerdos constantes entre los tres.

Con la escritura en mano, llega el momento de inscribir la sociedad en el Registro Mercantil de Bizkaia. Presentan la documentación y, tras unos días, la inscripción queda formalizada. Desde este momento, «TeknoBil SL» existe legalmente.

No pueden olvidarse de los trámites fiscales. Para ello es imprescindible que obtengan un certificado digital, lo cual puede hacerse de diversas maneras, siendo el de la FNMT uno de los más utilizados. A continuación Solicitan el NIF definitivo en la Agencia Tributaria y dan de alta la empresa en el censo de empresarios. Además, deben declarar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y registrarse en la Seguridad Social si van a contratar empleados o si los socios van a cotizar en el Régimen de Autónomos.

Finalmente, con todos los permisos en orden, Marta, Iker y Jon pueden empezar a operar con su empresa. Han recorrido un camino administrativo que, aunque puede parecer complejo, es accesible si se siguen los pasos adecuados, aunque siempre es muy recomendable contar con un asesoramiento profesional.

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Claves para un contrato justo en la compraventa de una cartera de clientes.

En el mundo empresarial, la compraventa de una cartera de clientes es una operación delicada que requiere un contrato bien estructurado. Ya sea en el sector de la hostelería, el comercio o cualquier otro ámbito, este tipo de acuerdos deben garantizar seguridad jurídica y transparencia para ambas partes. En Euskoasesores, redactamos contratos de este tipo con el objetivo de que sean equilibrados y justos, protegiendo tanto al vendedor como al comprador.

Para entender mejor cómo funciona, imaginemos el caso de un comercial de suministros para hostelería que, después de años de trabajo, ha consolidado una amplia cartera de clientes en Bilbao y alrededores. Decide venderla a otro profesional del sector que desea aprovechar su red de contactos para impulsar su negocio. ¿Qué cláusulas deberían incluirse en el contrato para que la transacción sea segura y clara?

Uno de los puntos clave es la identificación de la cartera de clientes. Es imprescindible definir con precisión qué clientes forman parte de la venta, especificando datos como nombres, volumen de compras y tipo de relación comercial. Esto evita malentendidos sobre lo que realmente se está adquiriendo.

Otra cláusula fundamental es la confidencialidad y protección de datos. La información sobre los clientes es sensible y está protegida por la normativa vigente. El contrato debe garantizar que el vendedor no hará uso indebido de los datos tras la venta y que el comprador gestionará la información cumpliendo con la ley de protección de datos.

El precio y la forma de pago también deben quedar claramente establecidos. Dependiendo del sector, el precio habitual de una cartera de clientes suele rondar el equivalente a un año de facturación generada por los clientes incluidos en la venta. Sin embargo, este valor puede ajustarse en función de la estabilidad y rentabilidad de la cartera. En cuanto al pago, lo más frecuente es que no se realice en un único desembolso, sino en varios tramos. Es común estructurar el pago en plazos de seis meses, un año o incluso dos años, dependiendo del mantenimiento de los clientes en la cartera. Esto significa que el vendedor puede recibir una parte inicial y pagos adicionales si los clientes siguen activos y generando ingresos para el comprador.

La cláusula de no competencia es otro aspecto esencial. Para que el comprador aproveche al máximo la cartera adquirida, es razonable que el vendedor se comprometa a no contactar ni captar a esos mismos clientes durante un periodo determinado. Esto evita situaciones de competencia desleal y protege la inversión realizada.

También es recomendable incluir un periodo de transición y acompañamiento. En este caso, el comercial de suministros podría comprometerse a presentar al comprador a los clientes o incluso a colaborar durante un tiempo para garantizar una transición fluida. Este tipo de acuerdos suelen ayudar a mantener la confianza de los clientes y asegurar la estabilidad del negocio.

Por último, es importante establecer mecanismos de resolución de conflictos, especificando cómo se resolverán posibles desacuerdos que surjan tras la firma del contrato. Esto puede incluir desde mediación hasta arbitraje, evitando costosos litigios.

En Euskoasesores, nos aseguramos de que estos contratos sean lo más claros y equitativos posible. Cada operación tiene particularidades que deben ser cuidadosamente analizadas para que ambas partes obtengan un beneficio justo. Si estás pensando en comprar o vender una cartera de clientes, contar con un contrato bien diseñado es la clave para evitar problemas y asegurar una transacción exitosa.

No se puede hundir un arco iris.

Han pasado décadas desde que un artefacto explosivo destrozara el casco del Rainbow Warrior en 1985 y segara la vida de nuestro compañero fotógrafo Fernando Pereira. Aquella cobarde acción, perpetrada por agentes del gobierno francés, fue un acto de terrorismo de Estado con la intención de amedrentar a Greenpeace y a toda persona dispuesta a desafiar el poder que pone en jaque la vida de nuestro planeta. Entonces, el mensaje era claro: “Callen o arderán”. Hoy, la represión viene envuelta en formas más sutiles pero igualmente letales para la libertad de expresión y la defensa del medio ambiente.

La reciente sentencia contra Greenpeace en Estados Unidos lo confirma con dolorosa nitidez. Sin explosiones ni buzos militares, ahora se recurre a juicios multimillonarios y tácticas judiciales que buscan desmantelar económicamente a la organización, desgastarla y obligarla a bajar la voz. Se pretende que este golpe siente un peligroso precedente: la posibilidad de acorralar, mediante falsos argumentos legales, a cualquiera que denuncie la devastación medioambiental y a quienes osen enfrentarse a las compañías y los intereses políticos más poderosos. Así no necesitan hundir barcos: basta con pervertir el sistema judicial para silenciar las voces críticas.

Pero esta embestida no se limita a las fronteras de un tribunal estadounidense ni al símbolo de Greenpeace. Se alimenta de un clima de persecución global contra personas defensoras del planeta y de los derechos humanos. Mientras en unas latitudes utilizan demandas y litigios enrevesados para ahogar a las organizaciones, en otras directamente apuntan con un arma y disparan a las activistas. Hoy día, denunciar prácticas destructivas puede equivaler a recibir amenazas de muerte o ser ejecutado. Casos como el asesinato de Berta Cáceres en Honduras, que luchaba contra la construcción de una represa que pondría en peligro las comunidades locales; la muerte de Isidro Baldenegro en México, líder rarámuri que defendió los bosques de la Sierra Tarahumara; o la de tantos activistas en Brasil, Colombia o Filipinas, demuestran que la represión es tan variada como brutal.

Numerosos informes de organizaciones como Global Witness revelan que cada año mueren decenas –cuando no cientos– de personas defensoras de la tierra y el medio ambiente. No siempre vemos sus nombres en titulares, pero su sangre tiñe montañas, bosques, ríos y valles de todo el mundo. A la vez, en los países “desarrollados” se diseñan nuevas estrategias judiciales para asfixiar económicamente a los movimientos ecologistas. Es la otra cara de la misma moneda: cuando no pueden utilizar la violencia física con impunidad, emplean la ley –o mejor dicho, su interpretación más perversa– para minar el activismo.

Este patrón, en el fondo, no ha cambiado: se reduce a “liquidar” la disidencia. Unas veces con explosivos y comandos clandestinos, otras con balas y amenazas directas, y ahora además con litigios interminables, sanciones millonarias e infinidad de trabas legales. Para el poder que busca seguir exprimiendo la Tierra, resulta mucho más efectivo y silencioso aplastar a las organizaciones por vía jurídica, sin generar titulares tan escandalosos como los de una bomba que revienta un barco.

Las consecuencias de esta sentencia contra Greenpeace trascienden los muelles donde hundieron el Rainbow Warrior y las oficinas donde se coordinan campañas ecologistas. Se extienden hacia cualquier mujer u hombre que haya decidido ponerse en pie frente a la contaminación, la tala indiscriminada, la sobreexplotación de recursos o las prácticas industriales irresponsables. Afecta también a las comunidades indígenas que protegen sus territorios y a las personas que, sencillamente, se niegan a mirar hacia otro lado mientras arrasan el único hogar que tenemos.

Yo, como socio y activista de Greenpeace, te lo digo con la rabia contenida de quien ya ha visto demasiados abusos: este golpe no nos hará retroceder. Nos indigna, nos duele y nos complica nuestro trabajo. Pero hemos aprendido de quienes, con valentía, dieron la vida por la protección de la naturaleza y de nuestras libertades. Jamás olvidaremos el crimen contra el Rainbow Warrior, ni olvidamos a Berta Cáceres, a Isidro Baldenegro y a tantísimas activistas anónimas que quedaron en el camino. Al igual que ellas, no renunciaremos.

El mensaje para quienes promueven esta sentencia –y para todos los que piensan que la persecución echa raíces en el miedo– es contundente: no van a lograr silenciarnos. Intentarán por todos los medios acabar con la disidencia, pero la verdad resurge con más fuerza cuando se la intenta sepultar. Por cada juicio injusto, por cada amenaza, por cada asesinato cobarde, emergen nuevas voces más potentes, más firmes y más dispuestas a tomar el relevo. Somos la memoria viva del Rainbow Warrior y de quienes cayeron en la defensa de la Tierra. Y esa memoria, encendida con coraje, no se apaga. Por mucho que se empeñen, no nos van a callar.

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La cotización a la seguridad social de trabajadores y de autónomos.

Dicen que ahorrar es como ir al gimnasio: al principio cuesta, pero con el tiempo agradeces haberlo hecho. Algo parecido pasa con las cotizaciones a la Seguridad Social. Gracias a este sistema solidario, cada mes aportamos para garantizar que, en caso de jubilación, enfermedad o desempleo, tengamos protección. Lo que pagamos no se lo «lleva el Estado», sino que sirve para ayudar a quienes lo necesitan hoy, con la certeza de que, cuando llegue nuestro turno, otros harán lo mismo por nosotros. Es un mecanismo que nos protege a todos y nos da tranquilidad en las distintas etapas de la vida.

Diferencias clave entre el Régimen General y el RETA

Si trabajas para una empresa, estás en el Régimen General. Aquí, la empresa se encarga de todo: paga una parte de la cotización y descuenta otra de tu sueldo. Así de sencillo para el trabajador. Gracias a este sistema, en caso de enfermedad, desempleo o jubilación, siempre tendrás respaldo.

Por otro lado, si eres autónomo, te toca estar en el RETA, donde tienes el control total de tu cotización. No hay jefe que lo haga por ti, pero eso también significa que puedes ajustar tu contribución según tu nivel de ingresos y necesidades futuras. Dentro del RETA hay diferentes tipos de autónomos, cada uno con características propias.

Los diferentes tipos de autónomos en el RETA

  1. El autónomo clásico (o «freelancer de manual») Es el profesional que trabaja por su cuenta, sin jefes ni socios. Puede ser un diseñador gráfico, un fontanero, un consultor… Vamos, cualquiera que facture directamente a sus clientes. Su cotización dependerá de sus ingresos reales y elegirá una base dentro de unos márgenes establecidos. Una diferencia importante es que este tipo de autónomo no tiene una nómina como tal. A final de año, su beneficio se calcula restando los gastos de los ingresos obtenidos por su actividad, y sobre ese beneficio tributa en el IRPF mediante el sistema de estimación directa.
  2. El autónomo societario (o «empresario en toda regla») Aquí entramos en otro nivel. Si montas una empresa (una SL, por ejemplo) y eres socio con control efectivo, te toca cotizar como autónomo societario. La gran diferencia con el autónomo clásico es que la cuota mínima suele ser más alta, porque se considera que, al ser empresario, tus ingresos deberían ser más elevados (aunque no siempre lo sean). Además, el autónomo societario sí tiene una nómina, lo que implica que tributa en el IRPF a través de rendimientos del trabajo, como cualquier otro asalariado, y no por estimación directa como el autónomo clásico.
  3. El familiar colaborador (o «cuando la empresa queda en casa») Si tienes un negocio y un familiar directo (cónyuge, hijos, padres) trabaja contigo de manera habitual, este no puede estar contratado como cualquier otro empleado. En su lugar, se da de alta como autónomo colaborador. La ventaja es que no tiene que presentar declaraciones trimestrales de IVA e IRPF, y además tiene bonificaciones en su cuota durante los primeros años. Al igual que el autónomo societario, el familiar colaborador cobra una nómina y tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo.

¿Y cómo se paga la cuota de autónomos?

Hasta hace poco, todos los autónomos pagaban una cuota fija, eligieran la base que eligieran. Sin embargo, ahora el sistema ha cambiado y se cotiza en función de los ingresos reales. Esto permite que quien gane menos pague menos y quien gane más, contribuya más, lo que hace que el sistema sea más justo y equilibrado para todos.

En definitiva, las cotizaciones no son un gasto, sino una inversión en seguridad y estabilidad. Ya seas autónomo o trabajador por cuenta ajena, tu aportación te protege a ti y a los demás. Porque ser tu propio jefe está muy bien, pero aún mejor es saber que cuentas con un respaldo cuando lo necesites.

¿No tienes una bola de cristal? Entonces mejor acuerda un par de clausulas con tus socios.

Imagina que tres amigos deciden montar un pequeño negocio juntos, una tienda de café de especialidad en el centro de Bilbao. Como son previsores, crean una sociedad limitada y firman un pacto de socios (como ya mencionamos en un artículo anterior, ese documento es un salvavidas en muchas situaciones complicadas). Todo marcha bien, el café es un éxito y los clientes hacen cola cada mañana para empezar el día con el mejor espresso de la ciudad.

Pero, como en toda buena historia, llega el giro argumental. Uno de los socios, llamémosle Iñaki, recibe una oferta jugosa de un inversor que quiere comprar su parte del negocio. Iñaki está emocionado, pero los otros dos socios, Maite y Jon, se preguntan: ¿y qué pasa con nosotros? ¿Podría acabar entrando un socio con el que no estamos de acuerdo? Aquí es donde entran en juego dos cláusulas fundamentales en los pactos de socios: el drag along y el tag along.

El drag along, o “derecho de arrastre”, es como el amigo insistente que te obliga a ir a una fiesta cuando tú preferirías quedarte en casa viendo una serie. Básicamente, si una mayoría de los socios (normalmente los que tienen un porcentaje significativo del capital) decide vender su parte a un tercero, pueden “arrastrar” a los demás a vender también en las mismas condiciones. ¿Por qué es útil? Porque permite que, si llega un gran comprador interesado en adquirir todo el negocio, la venta se haga sin que un socio minoritario se quede en medio impidiendo el trato.

Volvamos a nuestro ejemplo: si Iñaki y Maite suman entre ambos el 70% de las participaciones y un gran grupo de cafeterías quiere comprarles, el drag along permite que también “arrastren” a Jon para que la venta sea total. Así se evita que el nuevo comprador herede una estructura accionarial dividida que no le interesa. ¿Duro? Puede ser, pero en muchos casos es lo más eficiente para la continuidad del negocio.

Por otro lado, está el tag along, o “derecho de acompañamiento”, que es como el amigo que no deja que te vayas de una fiesta sin él. Esta cláusula protege a los socios minoritarios, permitiéndoles vender su parte si otro socio mayoritario lo hace. Así evitan quedarse en una situación incómoda con un nuevo socio con el que no han elegido estar.

Sigamos con nuestra historia. Supongamos que Iñaki quiere vender su 40% a un fondo de inversión, pero Maite y Jon no confían en el nuevo comprador. Gracias al tag along, ellos pueden exigir que se les permita vender su parte en las mismas condiciones que Iñaki. Así, nadie se queda en un negocio con un socio que no quiere.

En el mundo de los negocios, estas cláusulas son esenciales para evitar conflictos y situaciones injustas. Sin ellas, un socio podría quedarse atascado en una empresa que ya no reconoce o, al contrario, impedir una venta beneficiosa para la mayoría. Y, como todo en la vida, mejor prevenir que curar. Así que, si tienes un negocio con más socios, asegúrate de que estas cláusulas estén en el pacto de socios. Te ahorrarán muchos dolores de cabeza… y unas cuantas tazas de café amargo.

Asamblea Ciudadana por el Clima en Bilbao.

Nota de prensa Arranque y Valoración de la AC. Valoración del grupo de trabajo a favor de la asamblea ciudadana por el clima de Bilbao

Bilbao, el 27/02/2025.

El jueves 20 de febrero, el Ayuntamiento de Bilbao presentó la Asamblea Ciudadana por el Clima, un ejercicio de democracia deliberativa recomendada por la OCDE, pero sobre todo una oportunidad única frente al desafío climático y sus dilemas éticos. 

Desde el grupo de trabajo formado por activistas de colectivos ecologistas para el seguimiento y difusión de este proceso, queremos aportar nuestra valoración y detallar algunos matices. Tener en cuenta los mismos garantizaría que este ejercicio democrático fuera transformador, no sólo para los participantes sino, para toda la ciudadanía de Bilbao. Sin dejar de resaltar la importancia de que se lleve a cabo, lo cual valoramos muy positivamente, observamos estos puntos de mejora:

  • El número de facilitadoras y expertas es escaso. La facilitación ayuda a que esa representatividad sea efectiva, contribuyendo a que todas las voces sean escuchadas y tenidas en cuenta; y, la diversidad de personas expertas, a que se abarque el tema de forma completa y plural.
  • Las formaciones que van a recibir las personas que participan en la asamblea deberían difundirse cumpliendo así esa labor pedagógica y transformadora en toda la sociedad.
  • El seguimiento no solo por parte de un comité interno sino también por parte de uno externo podría contribuir a la idoneidad del proceso.
  • El Ayuntamiento debe comprometerse públicamente a aplicar las conclusiones de la Asamblea: De momento, no define ni los plazos ni la forma en la que se responderá, ni de qué forma se implementarán las medidas ni cómo se hará el seguimiento de su evolución y cumplimiento posterior.

El sábado día 22 de febrero, se celebró la primera de las 6 sesiones en las que participarán, durante 4 meses, 50 personas de la ciudad elegidas por sorteo para responder a la pregunta: “¿Cómo debemos adaptarnos en Bilbao al cambio climático y reducir su impacto en la ciudadanía?

El viernes 21, un día antes, comenzó la Asamblea Ciudadana Navarra. Esperamos que la Asamblea Ciudadana de Transición Energética y Cambio Climático que se recoge en la ley del País Vasco, no tarde mucho en empezar.

Para salir de la inercia del sistema, romper con el bloqueo político y los límites del sistema partidista, esta herramienta innovadora aúna los diferentes intereses y realidades sociales en busca del bien común, para llevar a cabo los cambios profundos que necesitamos ante la emergencia climática.

Hasta ahora, las instituciones no han sido capaces de llegar a los acuerdos necesarios para ni siquiera frenar esta crisis. Precisamente por eso, nos parece el momento idóneo para implementar asambleas ciudadanas, cuya potencia reside en llegar a acuerdos amplios y representativos de la sociedad en su conjunto. Esto proporciona a las propuestas acordadas una legitimidad y un reconocimiento necesarios para hacer una apuesta ambiciosa en políticas climáticas. La Asamblea Ciudadana permite que las decisiones que se deben tomar y que van a afectar profundamente al modo de vida de la gente, se tomen por la propia ciudadanía.

La mediatización del proceso democrático, el compromiso de las y los concejales y la apropiación del debate por la ciudadanía bilbaína serán claves para que las conclusiones de la Asamblea sean realmente vinculantes y no queden en papel mojado.

Grupo de Trabajo a favor de la Asamblea Ciudadana por el Clima:

Greenpeace Euskadi, Ekologistak Martxan, Extinction Rebellion Bizkaia, Fridays For Future Bilbao

Más info: https://desobedecer.net/mas-democracia-para-actuar-ya-contra-el-cambio-climatico/

¿Sabías que puedes crear una sociedad sin dinero? Descubre las aportaciones en especie.

Cuando alguien piensa en montar una empresa, lo primero que suele venir a la cabeza es el dinero: cuánto se necesita, cómo conseguirlo y dónde invertirlo. Pero hay un detalle que muchos pasan por alto: el capital social no tiene por qué ser solo en efectivo. Se puede aportar en especie, es decir, con bienes o derechos que tengan un valor económico real.

Imagina que decides abrir un estudio de diseño gráfico con un socio. En vez de poner cada uno 10.000 euros en la cuenta del negocio, tú podrías aportar tu potente ordenador y el software profesional que ya usas, mientras que tu socio podría incluir una cámara de fotografía de alta gama. Esos bienes se valorarían y formarían parte del capital social de la empresa, sin necesidad de desembolsar dinero en efectivo.

Las aportaciones en especie pueden incluir muchas cosas: un local, un vehículo, maquinaria, derechos de autor o incluso participaciones en otra empresa. En sociedades anónimas, la ley obliga a que un experto independiente valore estos bienes para asegurarse de que su valor es justo y evitar trampas. En sociedades limitadas, este paso no es obligatorio, pero los socios responden si en el futuro se demuestra que los bienes estaban sobrevalorados.

El principal beneficio de esta opción es obvio: permite arrancar el negocio sin necesidad de tener todo en efectivo. Además, si ya cuentas con activos importantes para la actividad de la empresa, incorporarlos directamente puede ahorrar tiempo y dinero. Eso sí, hay que hacerlo bien, porque una valoración errónea puede traer problemas legales o fiscales, por lo que consultar con especialistas siempre es la mejor opción.

Los sesgos en los negocios: cuando tu reflejo te engaña más que la competencia.

Tomar decisiones estratégicas en una PYME o como autónomo es casi como navegar en un mar lleno de tiburones… ¡y sin flotador! Uno cree que tiene todo bajo control, pero la mente juega sus propias trampas. Los sesgos cognitivos están ahí, agazapados, esperando el momento perfecto para hacer de las suyas y complicar lo que parecía una decisión sencilla. Desde elegir al proveedor «de confianza» (aunque sus precios sean un despropósito) hasta lanzarse a un negocio porque «tiene buena pinta», los sesgos pueden hacer que tomemos decisiones desastrosas sin darnos cuenta.

Uno de los más temidos es el sesgo de confirmación, ese que nos hace buscar información solo para reforzar lo que ya pensamos, ignorando cualquier dato que nos contradiga. ¿Te suena? Como cuando crees que tu negocio es el mejor del mercado y decides no mirar las tendencias que dicen lo contrario. Luego llega la competencia con una oferta innovadora y… sorpresa, te quedaste atrás.

Otro clásico es el exceso de confianza, el «esto me lo sé de memoria, no necesito analizarlo más». Un error común en decisiones legales y financieras, donde muchas veces se subestiman los riesgos de un contrato o se lanzan estrategias sin revisar bien sus implicaciones fiscales. Porque claro, ¿quién necesita asesorarse si lleva años en el sector? (Spoiler: todos lo necesitamos).

Para que estos sesgos no nos jueguen malas pasadas, hay trucos. Primero, rodearse de opiniones diversas. No tomes decisiones encerrado en tu burbuja, escucha a quienes pueden ofrecer una visión diferente. Segundo, consulta a expertos: abogados, contables, asesores… no son un gasto, son una inversión en decisiones más inteligentes. Y tercero, usa la tecnología a tu favor. Existen herramientas digitales que ayudan a ver datos con mayor objetividad, reduciendo la influencia de nuestras propias trampas mentales.

El mundo de los negocios no es sencillo, y menos cuando nuestra propia mente nos juega en contra. Pero reconocerlo ya es un gran paso. La clave está en cuestionarse, rodearse de buenos aliados y, sobre todo, no dejarse llevar por la intuición sin antes comprobar los hechos. Porque sí, el instinto puede ser útil… pero no es infalible.