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¿Dinero de un familiar? Así se formaliza un préstamo sin problemas con Hacienda.

Los préstamos entre familiares son una práctica común en Bizkaia y en el resto de España. Esta modalidad permite que miembros de una misma familia se presten dinero bajo condiciones acordadas mutuamente, sin la intervención de entidades financieras. Para que Hacienda no lo considere una donación, es esencial formalizar correctamente este tipo de préstamos.

Una de las principales ventajas de los préstamos familiares es la flexibilidad en las condiciones. A diferencia de los préstamos bancarios, donde las condiciones suelen ser estándar y menos adaptables, en un préstamo familiar las partes pueden negociar plazos de devolución, intereses (incluso establecer un interés del 0%) y otras condiciones que se ajusten a sus necesidades específicas. Además, al no existir intermediarios, se eliminan comisiones y gastos asociados que suelen acompañar a los productos bancarios.

Comparado con una donación, el préstamo presenta beneficios fiscales significativos. Las donaciones están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que puede ser considerable dependiendo de la cantidad y la relación entre las partes. En cambio, los préstamos entre particulares, si se formalizan adecuadamente, están sujetos pero exentos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), lo que implica que, aunque deben declararse, no generan una carga impositiva.

Para formalizar un préstamo entre familiares en Bizkaia, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Elaboración de un contrato de préstamo: Este documento puede ser privado o elevarse a público ante notario. Debe incluir, al menos: la identificación completa del prestamista y del prestatario (que debe tener su residencia en Bizkaia), el monto exacto del préstamo, el plazo y la forma de devolución, y el tipo de interés aplicado, si lo hubiera. Si no se aplican intereses, es crucial especificarlo para evitar presunciones fiscales.​ En cuanto al plazo, es importante tener en cuenta la edad del prestamista. Si se trata de una persona de edad avanzada, Haciendo no admitirá un plazo de devolución de décadas.
  2. Liquidación del ITP mediante el modelo 600: Aunque el préstamo esté exento de pago, es obligatorio presentar este modelo para informar a la administración tributaria, al cual habrá que adjuntar el contrato de préstamo firmado, copias de los DNIs de los firmantes y justificantes de la o las transferencias bancarias en las que queda reflejado el importe prestado

Este trámite debe realizarse en la Delegación de Hacienda de Bizkaia dentro de los 30 días hábiles siguientes a la formalización del préstamo.

Es fundamental que las transferencias de dinero se realicen mediante medios que permitan su trazabilidad, como transferencias bancarias, para disponer de justificantes en caso de requerimientos futuros por parte de la administración.

También es relevante indicar que si el préstamo se ha formalizado correctamente y se va a utilizar para la adquisición de una vivienda habitual, las cantidades que se devuelvan anualmente pueden ser deducibles en la declaración de la renta, en los importes que se establezcan legalmente

Aunque se trata de un procedimiento relativamente sencillo, siempre es preferible contar con un asesoramiento especializado para evitar cometer errores en la tramitación que conlleven consecuencias fiscales no deseadas.

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Si trabajas por tu cuenta, deberías tener clara tu relación con tu Mutua.

Cuando una persona decide emprender por cuenta propia y se da de alta como autónoma, comienza un viaje lleno de decisiones y pequeños grandes detalles legales que no siempre se explican bien. En un artículo anterior hablábamos de los distintos tipos de trabajadores autónomos que existen y cómo cada uno tiene sus particularidades. Hoy vamos a centrarnos en una de esas decisiones esenciales que se toma desde el minuto uno: la elección de una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, más conocida como “mutua”.

Desde el mismo momento en que alguien se da de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), tiene la obligación de contratar una mutua. No es algo opcional ni secundario. Este paso, aunque parezca meramente administrativo, tiene consecuencias muy prácticas en la vida profesional y en la salud de la persona autónoma. Las mutuas se encargan, de forma obligatoria, de gestionar las prestaciones económicas y sanitarias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Es decir, si en el desempeño de nuestra actividad sufrimos un accidente laboral o desarrollamos una patología ligada a nuestra profesión, será la mutua —y no el sistema público de salud como Osakidetza, en el caso del País Vasco— quien se encargue de la asistencia médica y del seguimiento.

Existe también la posibilidad de ampliar esta cobertura para que la mutua gestione, además, las incapacidades temporales derivadas de enfermedad común. Pero aquí sí hay un margen de decisión: esta cobertura no es obligatoria, aunque en muchos casos puede ser útil para agilizar trámites o unificar gestiones.

Lo importante es saber que se puede elegir libremente qué mutua se quiere contratar, y que esta decisión no conlleva ningún coste adicional. Se trata de una cobertura que ya está contemplada dentro de la cotización que se paga mensualmente como persona autónoma.

Ahora bien, y aquí viene un punto que suele generar confusión: si se sufre un accidente relacionado con el trabajo o una enfermedad profesional, no debemos acudir directamente al ambulatorio de nuestro barrio o al hospital público. Lo correcto es acudir a la mutua con la que estamos asociados. Si en ese momento, por desconocimiento o por inercia, vamos a Osakidetza, lo que ocurrirá es que nos atenderán —porque la sanidad pública nunca da la espalda—, pero después nos llegará una factura. Esa factura deberá ser derivada a la mutua, lo cual genera papeleo innecesario y, en ocasiones, algún que otro quebradero de cabeza.

Elegir la mutua adecuada es un paso más de ese mapa de decisiones que cualquier persona que emprende necesita recorrer. Puede parecer un trámite menor, pero en el momento en que surgen problemas de salud, se convierte en una pieza clave. Como suele ocurrir con la prevención, tener las cosas bien atadas desde el principio es lo que permite trabajar con tranquilidad después.

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La objeción fiscal a los gastos militares, más necesaria que nunca.

Cada primavera, cuando toca rendir cuentas a Hacienda, hay quienes no solo presentamos nuestra declaración del IRPF con rigor, sino también con conciencia. En Bizkaia, y en toda España, un grupo creciente de personas optamos por practicar la objeción fiscal a los gastos militares, una forma de desobediencia civil pacífica que cobra especial relevancia en el contexto actual, marcado por una preocupante escalada belicista a nivel global.

¿De qué se trata exactamente? La objeción fiscal consiste en desviar una parte simbólica de los impuestos —habitualmente entre 40 y 100 euros— que, en lugar de financiar el gasto militar del Estado, se destinan a proyectos sociales y de construcción de paz. Esta acción no pretende eludir impuestos, sino redirigirlos con un propósito ético. Quienes la practicamos asumimos con total transparencia esta decisión, comunicándola tanto a Hacienda como a la ciudadanía.

En Bizkaia, esta práctica tiene una larga tradición dentro de los movimientos antimilitaristas. Este año, sin embargo, hay un clima distinto. El aumento del presupuesto militar en los Presupuestos Generales del Estado, el rearme de Europa y la creciente normalización del lenguaje bélico en la política y los medios hacen que cada gesto de objeción gane peso. No se trata solo de rechazar la guerra con palabras, sino de hacerlo también con hechos, con el dinero de nuestros impuestos.

¿Y cómo se hace? El proceso es perfectamente abordable.

En la declaración de la renta, se calcula el importe simbólico que se quiere objetar —sin que ello afecte de forma significativa al resultado final— y se realiza un ingreso de ese importe a una entidad o proyecto social alternativo, como puede ser una asociación de derechos humanos, una red de ayuda mutua o un colectivo ecologista.

A continuación, en el borrador de nuestra declaración, vamos al apartado de nuevo concepto e incluimos en «sindicatos y partidos políticos» en concreto en partidos políticos, una nueva aportación equivalente a 5 veces la que hemos realizado al proyecto social de nuestra elección. De este modo, se deducirá de nuestro IRPF el 20% de esa anotación, es decir, exactamente la cantidad que hemos donado.

Además aportaremos el justificante de la donación y una carta explicando nuestros motivos. Por último, registraremos nuestra objeción en la lista del movimiento para que lo puedan contabilizar cuando se den los datos de la campaña.

Todo ello está perfectamente explicado en la web del movimiento en Euskadi, e incluso se puede pedir cita para que nos ayuden con el proceso. Si alguien quiere hacerlo y necesita una mano con los pasos, con los textos o simplemente con entender bien el procedimiento, puede escribirme sin problema. Porque hacerlo en compañía siempre es más fácil y más potente.

Cada vez que se dispara un misil, se recortan fondos para escuelas, hospitales o políticas sociales. Por eso, si compartes el rechazo a la guerra, si sientes que no puedes seguir mirando hacia otro lado mientras aumenta el gasto en armas, es el momento de actuar. No basta con indignarse en redes sociales o con comentar lo mal que va el mundo con la cuadrilla. Transformar esa indignación en una acción concreta, aunque parezca pequeña, tiene un valor enorme. La objeción fiscal es una forma directa, coherente y pacífica de decir basta. Porque lo que no se financia, no se perpetúa.

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Claves de la regularización de bases de cotización para autónomos.

Si hay algo que nunca falla en el mundo de las personas autónomas es la capacidad del calendario fiscal y administrativo para sorprender… incluso cuando ya creías que habías cerrado el año. Esta vez, la protagonista inesperada es la Seguridad Social, que ha empezado a pasar revista a las bases de cotización del año 2023. Sí, la famosa regularización ya está aquí, y aunque el nombre suene poco seductor, lo cierto es que entender cómo funciona puede evitarnos más de un disgusto (y quizá hasta una devolución agradable).

Desde enero del año pasado, las reglas del juego cambiaron: ahora las cuotas no se eligen a dedo, sino que deben basarse en los ingresos reales de cada persona trabajadora autónoma. La idea es sencilla en teoría —quien gana más, cotiza más; quien gana menos, cotiza menos—, pero su puesta en práctica tiene su aquel. Durante 2023, cada persona comunicó una previsión de rendimientos netos, y en base a eso, se asignó una base de cotización mensual.

Pero claro, prever lo que se va a ganar no es ciencia exacta, y mucho menos en un entorno donde los ingresos bailan al ritmo de la temporada, el mercado o los imprevistos. Ahora que Hacienda ya tiene todos los datos fiscales del año cerrado, la Seguridad Social cruza cifras, hace sus cuentas y comprueba si lo que se cotizó coincide con lo que realmente se ingresó.

¿Cómo hacen el cálculo? Pues empiezan por los rendimientos netos declarados en el IRPF: ingresos menos gastos deducibles y le suman las cotizaciones realizadas. A esa cifra se le resta un 7% (o un 3% si hablamos de autónomos societarios), como forma de cubrir gastos que quizás no se hayan declarado pero son habituales. El resultado se divide entre 12 y se encaja dentro de una tabla de tramos mensuales, que determina la base mínima y máxima de cotización que te tocaba por ley.

Si durante el año estuviste cotizando por debajo del tramo que te corresponde, ahora toca ajustar y pagar la diferencia. Si, por el contrario, pagaste de más, enhorabuena: te devuelven la parte correspondiente. En ambos casos, la notificación llega por medios electrónicos (así que ojo al buzón digital) y se abre un plazo de diez días para presentar alegaciones si crees que hay algún error.

Más allá del susto inicial que puede dar recibir una notificación oficial, este sistema busca que las aportaciones al sistema público sean más proporcionales y realistas. Para muchas personas autónomas con ingresos modestos o irregulares, puede suponer un alivio pagar cuotas más ajustadas. Y para quienes hayan crecido más de lo esperado, es una forma de contribuir en consonancia con su situación.

Eso sí, como en casi todo lo administrativo, la complejidad se convierte en la norma, así que contar con una persona asesora de confianza puede marcar la diferencia entre entender el ajuste o vivirlo como un jeroglífico indescifrable.

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Deducciones del IRPF que quizá no sabías que existían.

Cuando llega el momento de enfrentarse a la declaración de la renta, muchas personas dan por hecho que ya lo saben todo: ingresos, retenciones, cuatro deducciones típicas… y listo. Pero lo cierto es que, sobre todo en territorios con normativa propia como Bizkaia, existen una serie de deducciones y bonificaciones que no son tan conocidas y que pueden marcar una diferencia significativa en el resultado final.

Uno de los casos más habituales —y a menudo mal calculados— es el de la venta de un inmueble. Cuando se transmite una vivienda, el resultado fiscal no es simplemente restar el precio al que se compró al precio al que se vende. El valor de adquisición puede incrementarse con todos aquellos gastos asociados a la compra: notaría, registro, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, obras de mejora (si están acreditadas con factura), entre otros. Y el valor de venta también se puede reducir con los gastos vinculados a esa transmisión: la plusvalía municipal, la comisión de la inmobiliaria o de la agencia que haya gestionado la venta, e incluso los honorarios de asesoría fiscal. Todo ello contribuye a reducir la ganancia patrimonial que tributa y, por tanto, el importe a pagar.

Otra situación frecuente se da cuando se tiene un inmueble alquilado. Muchas personas no saben que, si están pagando una hipoteca por ese inmueble, los intereses del préstamo son fiscalmente deducibles. Y no solo eso: salvo en el caso de alquiler de vivienda habitual, en el que hacienda aplica directamente un porcentaje de reducción de los ingresos, en el resto de casos también son deducibles otros gastos relacionados con el mantenimiento del inmueble, como el seguro, las reparaciones o los impuestos municipales. Lo importante es poder acreditar que ese gasto está vinculado a la generación de ingresos por alquiler.

Siguiendo con las viviendas, hay quienes han recurrido a préstamos familiares —normalmente entre progenitores e hijos— para adquirir su vivienda habitual. Si ese préstamo se ha formalizado por escrito y se han ido realizando amortizaciones, estas pueden deducirse de la misma manera que lo harían las cuotas de una hipoteca tradicional. Una opción interesante y legal que, sin embargo, se queda muchas veces fuera del radar por simple desconocimiento.

La situación personal también puede influir más de lo que se cree. Las personas que están separadas o solteras, y tienen hijas o hijos menores de 18 años a cargo, no solo pueden incluirlos en la declaración para obtener la bonificación por descendencia, sino que, además, pueden optar por realizar la declaración conjunta con uno de ellos. En muchos casos, esto puede suponer un ahorro considerable en la cuota. Es una opción especialmente útil para quienes no conviven con la otra parte progenitora o tienen una custodia exclusiva.

Y por último, pero no menos importante, si se está obligado a pagar una pensión compensatoria o una pensión de alimentos como consecuencia de una separación, esos importes también pueden reducir la base imponible. Eso sí, siempre que estén recogidos en resolución judicial o convenio regulador. Se trata de una deducción que no elimina la obligación, pero sí alivia su impacto fiscal.

Aprovechar todas estas posibilidades no es hacer “trampas” ni buscar resquicios. Es, simplemente, conocer bien las reglas del juego y aplicarlas a nuestro favor. Al fin y al cabo, nadie debería pagar más de lo que le corresponde por desconocimiento, y acudir a una asesoría experta puede evitar que te suceda.

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¿Ansiedad climática? ¡No te deprimas, organízate!

Hoy en día, las noticias sobre incendios forestales, sequías extremas, la pérdida alarmante de biodiversidad o la insoportable inacción frente a la crisis climática pueden volverse abrumadoras. Este bombardeo informativo despierta en muchas personas un sentimiento de angustia o “ecoansiedad”. Como activista climático, me he encontrado con esa ansiedad muchas veces. Sin embargo, en lugar de dejarme paralizar, intento utilizarla como un impulso para la acción. Si sientes lo mismo, comparto algunas ideas contigo:

La ansiedad climática es una respuesta emocional comprensible ante una crisis global. Significa que te importa el planeta y las personas que lo habitan. Pero, en vez de dejarnos llevar por el miedo o por la depresión, tenemos que convertir esa angustia en determinación. Recuerda: la desesperación sin acción nos paraliza; la preocupación convertida en compromiso nos mueve a actuar.

Es fundamental informarse sobre la realidad del cambio climático, pero hay una delgada línea entre la conciencia y la sobreexposición. A mi me ha servido buscar fuentes confiables como informes científicos y organizaciones ambientales sólidas y evitar quedarme enganchado solo en noticias negativas. Y complementar esa información con historias de éxito y progresos en acción climática, que también los hay.

Para revertir el rumbo de colisión que llevamos, no bastan ni de lejos las apelaciones a la responsabilidad individual. Todo lo que hagas en tu vida diaria, está fenomenal y es imprescindible, pero solo eso no va a hacer que cambie la situación. De hecho, realmente este es parte del problema de la «ecoansiedad», ya que se pretende llevar al terreno individual lo que realmente es una responsabilidad estructural y de sistema.

Por eso es imprescindible que, además de todo lo que puedas hacer en tu día a día (con las contradicciones que conlleva la imposibilidad de salir del sistema), tomes parte para lograr cambios estructurales y sistémicos.

Únete a grupos locales de activismo, a organizaciones juveniles o profesionales que trabajan en sostenibilidad, y a redes globales que impulsan la transición ecológica. Compartir metas comunes, ideas y experiencias ayuda a aliviar la carga emocional y, sobre todo, a sumar esfuerzos que marcan la diferencia.

La lucha contra el cambio climático requiere una variedad de competencias: desde la investigación y la educación ambiental hasta la comunicación y la participación política. Identifica qué te apasiona y dónde tus habilidades pueden ser más útiles. ¿Eres bueno con datos? Aporta investigando e interpretando información técnica. ¿Te gusta el activismo en redes? Colabora en campañas de divulgación. Hay un lugar para cada talento en la acción climática.

Por supuesto, es importante no descuidar el bienestar personal. Practica actividades que te ayuden a reconectar con el presente y te brinden esperanza: caminar en la naturaleza, hacer ejercicio, compartir tiempo con tus seres queridos o dedicarte a un pasatiempo que te apasione. El autocuidado no es egoísta; es necesario para sostener la lucha a largo plazo.

En un mundo perfecto, los grandes cambios se darían de forma inmediata, pero la realidad nos muestra un camino más lento y complejo. Por eso, celebrar los pequeños pasos es crucial. Cada árbol plantado, cada nueva persona que comprende la importancia de cambiar el sistema, cada política pública con enfoque ambiental cuenta y merece reconocimiento.

Renta en Bizkaia: cómo revisar el borrador y no pagar de más.

Cada primavera, con la llegada del buen tiempo, también llega un ritual ineludible para miles de contribuyentes en Bizkaia: la campaña de la renta. Y aunque el proceso es cada vez más digital y automatizado, no por ello deja de generar dudas, especialmente cuando se trata de revisar los datos que Hacienda Foral de Bizkaia pone a disposición a través del borrador de declaración. La campaña de este año, correspondiente al ejercicio 2024, arranca mañana 10 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025. Un plazo más que razonable, pero que conviene no dejar para última hora.

Como en años anteriores, la Hacienda Foral enviará a muchas personas contribuyentes un borrador de declaración, accesible a través de la sede electrónica o mediante el sistema de Renta Etxean, que permite consultar y aceptar la propuesta desde casa. La comodidad es evidente: con apenas unos clics, puede presentarse la declaración si todo está correcto. Sin embargo, ahí es donde conviene hacer una pausa. Porque no siempre todo está tan correcto como parece.

Una de las claves del proceso reside precisamente en entender que el borrador es una propuesta, no un diagnóstico definitivo. Hacienda cruza los datos que tiene, pero eso no significa que todos los aspectos personales y patrimoniales estén reflejados de forma precisa. Hay situaciones que, por su complejidad o por la forma en que se comunican al sistema tributario, tienden a generar errores u omisiones. Un ejemplo habitual es el de la venta de un inmueble. En estos casos, el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial depende de factores como el valor de adquisición, las mejoras realizadas o los gastos asociados a la compraventa. No es raro que el borrador no los tenga todos en cuenta, lo que puede derivar en una liquidación inexacta.

Lo mismo ocurre con la venta de acciones o participaciones en fondos de inversión, donde la tributación depende de los precios de compra y venta, comisiones, o incluso del método de valoración si ha habido compras sucesivas. Otro caso delicado es el de los nuevos alquileres: cuando se ha empezado a alquilar una vivienda recientemente, el borrador puede no recoger todos los ingresos o deducciones posibles, como gastos deducibles o amortizaciones.

Este tipo de situaciones no solo requieren atención, sino también conocimiento técnico para resolverlas correctamente. Por eso, aunque la tentación de aceptar el borrador tal cual es grande —por rapidez, por confianza o por no complicarse—, contar con el apoyo de un asesoramiento experto puede marcar una gran diferencia. Por una cantidad pequeña (en el caso de Euskoasesores puede ir desde los 70€ a los 150€, según el grado de complejidad), se puede ajustar la declaración para que refleje fielmente la realidad económica de cada contribuyente. Al fin y al cabo, se trata de pagar lo que corresponde, ni más ni menos.

En Bizkaia, donde el modelo foral otorga competencias propias a la Hacienda local, conviene recordar que el procedimiento tiene sus particularidades y no debe confundirse con el de la Agencia Tributaria estatal. De ahí que la información y el acompañamiento adecuado cobren aún más valor, sobre todo en un contexto en el que cada año se incorporan pequeñas novedades, como mejoras en la interfaz digital, nuevas deducciones aplicables o cambios normativos que afectan a determinados colectivos.

Este 2025, más allá de las herramientas tecnológicas, lo que sigue siendo clave es la revisión cuidadosa de los datos y una mirada experta que evite sorpresas futuras. La declaración de la renta no es solo un trámite: es también una fotografía del año fiscal, y conviene que salga bien enfocada.

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Guía básica para no perderte al tramitar una herencia en Bizkaia.

El fallecimiento de un ser querido es un momento difícil, y a ello se suma la necesidad de gestionar su herencia. En Bizkaia, como en el resto de España, la tramitación de una herencia implica varios pasos que deben seguirse con atención para evitar problemas futuros.

Imaginemos el caso de Aitor, quien acaba de perder a su padre. Lo primero que debe hacer es obtener el certificado de defunción en el Registro Civil. Con este documento, podrá solicitar el certificado de últimas voluntades, que indica si su padre otorgó testamento. Si existe testamento, habrá que acudir a un notario para obtener una copia autorizada; si no lo hay, se deberá tramitar la declaración de herederos.

En el caso de Aitor, su padre dejó testamento y designó a él y a su hermana como herederos. Ahora deben realizar un inventario de bienes y deudas, lo que implica recopilar información sobre propiedades, cuentas bancarias, vehículos o cualquier otro activo, así como posibles obligaciones pendientes. Conviene solicitar el certificado de seguros de vida, para comprobar si el fallecido tenía alguno suscrito en vigor, y habrá que acudir a las entidades bancarias para solicitar certificado de posiciones a la fecha del fallecimiento. Es fundamental contar con asesoramiento legal en esta fase para asegurarse de que todo esté correctamente documentado.

Una vez hecho el inventario, llega el momento de calcular y liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el famoso «650». En Bizkaia, este tributo varía según el grado de parentesco y el valor de la herencia. Los descendientes directos, como Aitor, tienen una exención de hasta 400.000€, aunque es importante presentar la liquidación dentro del plazo de un año desde el fallecimiento para evitar recargos.

Los herederos también deben acudir a un notario para formalizar la escritura de adjudicación de herencia, lo cual puede hacerse antes o después de presentar el «650». Muchas veces no se llega a realizar este trámite, en especial si vive el cónyuge de la persona fallecida, pero este documento es imprescindible para inscribir los bienes a nombre de los nuevos propietarios y poder disponer de ellos libremente. Por ejemplo, si Aitor y su hermana heredan un piso y deciden venderlo, primero deben haber completado este proceso..

Por último, la inscripción de los bienes en los registros correspondientes es esencial. En el caso de inmuebles, hay que actualizar la titularidad en el Registro de la Propiedad; para cuentas bancarias, cada entidad financiera exigirá documentación específica antes de permitir el acceso a los fondos.

Tramitar una herencia en Bizkaia requiere tiempo y atención a los detalles. Contar con asesoramiento adecuado puede hacer que el proceso sea más ágil y evitar problemas en el futuro. En un momento de duelo, resolver estos asuntos con tranquilidad y seguridad es fundamental para seguir adelante.

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Mentiras y verdades sobre la ampliación del Guggenheim en Urdaibai. (O cómo se vende como sostenible la destrucción de una Reserva de la Biosfera).

Por Lorea Flores, coordinadora de Greenpeace en Euskadi, y Pablo Aretxabala, voluntario de Greenpeace en Euskadi. Este artículo fue publicado originalmente en el medio digital 20 Minutos.

¿Por qué es tan difícil proteger la biodiversidad y tan fácil amenazarla? Esta pregunta vuelve a plantearse ante el proyecto de construir una nueva sede del Museo Guggenheim en pleno corazón de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, un espacio natural legalmente protegido.

Los argumentos en contra de este proyecto son tan abrumadores y evidentes que parece increíble tener que explicarlos repetidamente, pero, una vez más, resulta necesario recordar algunas obviedades, y también algunas cuestiones de las que no se habla tanto, pero que son igualmente relevantes.

En primer lugar, el argumento más obvio y que debería bastar para descartar completamente el proyecto es que Urdaibai no es un lugar cualquiera: es la única Reserva de la Biosfera de Euskadi y atesora una biodiversidad excepcional. Sus marismas y bosques son refugio de numerosas especies protegidas, incluidas aves migratorias, y por su alto valor ecológico acumula varias figuras de protección ambiental a nivel autonómico, estatal e internacional. Sin embargo, paradójicamente, es en este enclave de máxima protección donde se pretende levantar un macroproyecto museístico. Por mucho que se quiera vestir de sostenible, el impacto ecológico sería inevitable: la construcción y la afluencia masiva de visitantes amenazarían el equilibrio de unos ecosistemas ya frágiles, con claras afectaciones a la flora y fauna locales y a la calidad del agua de la ría.

¿Por qué un museo de esta envergadura tiene que ubicarse precisamente en el enclave más especial y único del 24% del territorio vasco que goza de protección estricta, cuando existe un 76% del territorio sin esas figuras de protección? Si el objetivo es ampliar la oferta cultural de Euskadi, sobran localizaciones alternativas de mucha menor sensibilidad ambiental.

En segundo lugar, hay que destacar que la mera posibilidad de ubicar el Guggenheim en este entorno existe sorteando o reinterpretando normativas ambientales concebidas para proteger la franja costera. Un ejemplo claro es la Ley de Costas, diseñada para impedir edificaciones en la franja litoral y zonas inundables. Para hacer hueco al museo, las autoridades han moldeado esta ley a su favor, generando un preocupante precedente: ¿de qué sirven las leyes de protección territorial si pueden flexibilizarse cuando un proyecto de este tipo quiere instalarse? Este manejo laxo de la normativa pone en cuestión la seriedad con la que se tratan nuestras áreas protegidas.

En tercer lugar, los defensores del proyecto argumentan que la llegada del museo traerá consigo la recuperación ambiental de la zona. Se promete descontaminar los suelos industriales del antiguo astillero de Murueta, limpiar acuíferos y renaturalizar áreas invadidas por especies exóticas. Estas acciones suenan loables, pero es importante subrayar que no son ningún regalo del museo, sino requisitos imprescindibles sin los cuales el museo ni siquiera podría construirse. En otras palabras, están intentando vestir de “beneficio” lo que en realidad es una condición imprescindible: sin la previa restauración ambiental, el proyecto no sería viable porque actualmente los terrenos están contaminados y son inapropiados para edificar. Resulta descorazonador que hayan tenido que vincular estas mejoras ambientales a un museo para que las instituciones se planteen acometerlas, cuando deberían haberse emprendido hace años por responsabilidad con la Reserva.

La regeneración ambiental y las obras necesarias para el Guggenheim de Urdaibai se sufragarán mayoritariamente con dinero público: ya hay comprometidos unos 80 millones de euros, aportados a partes iguales por el Estado y las instituciones vascas, para las labores de descontaminación y adecuación del sitio. Este uso de fondos públicos suscita preguntas: ¿es justificable invertir tal cantidad para fomentar un proyecto privado en lugar de destinarla a la conservación de la zona y al bienestar de sus habitantes? Además, muchos de los trabajos de descontaminación deberían ser responsabilidad del astillero que contaminó el entorno, no del contribuyente. 

En cuarto lugar, se utiliza el argumento del «éxito» del Guggenheim original, que se considera el emblema de la transformación de un Bilbao industrial y decadente, pero replicar esa “fórmula Guggenheim” en Urdaibai es un error de bulto. Aquí no estamos hablando de un paisaje urbano degradado que necesite revitalización, sino de un espacio natural de alto valor que ya sufre una gran presión por el turismo y que lo que requiere es la mayor conservación posible. 

Un museo de arte contemporáneo enclavado en la ría no responde a ninguna necesidad cultural local apremiante, sino a una mera estrategia económica de atraer aún más visitantes. Esto agravaría la turistificación de la comarca, con efectos adversos sobre el coste de la vida, la presión sobre los servicios básicos y la tranquilidad de la población local. En términos ambientales, un mayor flujo turístico implicaría más tránsito, más emisiones y más alteraciones en un entorno que debería permanecer lo más intacto posible. El desarrollo sostenible de Urdaibai pasa por potenciar la conservación y en todo caso por un turismo responsable de muy pequeña escala, no por proyectos masivos que multiplican la afluencia y el consumo de recursos.

Por último, la elección de la ribera de la ría para emplazar el museo no sólo es problemática por su impacto ecológico, sino también por el riesgo físico: la zona propuesta es inundable, y ya estamos viendo con demasiada frecuencia las consecuencias de edificar en este tipo de zonas. Con el cambio climático, el nivel del mar seguirá subiendo y los temporales serán más intensos, por lo que construir hoy un museo en primera línea de costa, expuesto a inundaciones en las próximas décadas, resulta una decisión miope; significaría invertir más dinero público en defensas contra el agua y futuras reparaciones. En plena emergencia climática, las Administraciones deberían extremar la prudencia y evitar ubicar nuevas infraestructuras críticas en zonas de riesgo previsible.

En definitiva, la propia Administración incurre en una seria contradicción con sus compromisos ambientales. Por un lado, se proclama la defensa de la biodiversidad y la lucha contra la crisis ecológica, mientras, por otro, se impulsa una infraestructura de fuerte impacto en una zona que debería ser un estandarte de la conservación, minando así la credibilidad institucional. Urdaibai debería ser un símbolo de equilibrio entre el ser humano y la naturaleza, no el escenario de una nueva y clamorosa victoria del desarrollo mal entendido, maquillado de sostenibilidad.

En realidad, el problema es que el Guggenheim de Urdaibai plantea un dilema de fondo: ¿qué modelo de progreso queremos seguir? Los argumentos en contra de este proyecto invitan a reflexionar sobre nuestras prioridades. ¿Estará la nueva directora del Museo Guggenheim abierta a esta reflexión para reconsiderar este despropósito y ayudar a cambiar el rumbo?

Para Greenpeace, este proyecto es anticuado y depredador de la naturaleza. Sin naturaleza no hay cultura ni arte, porque, sin ecosistemas sanos, la propia supervivencia humana está en riesgo. Cultura y naturaleza, lejos de enfrentarse, sólo pueden ir de la mano.

Cómo crear una SL explicado paso a paso

Imaginemos a tres amigos de Bilbao: Marta, Iker y Jon. Llevan años trabajando en el sector tecnológico y han decidido dar el paso para crear su propia empresa de desarrollo de software. Han optado por una Sociedad Limitada (SL) porque les ofrece flexibilidad y limita su responsabilidad al capital aportado. Pero, ¿cuáles son los pasos que deben seguir para constituirla en Bizkaia?

Lo primero es elegir un nombre para la empresa. Tras varias discusiones, deciden llamarla «TeknoBil SL». Para asegurarse de que el nombre esté disponible, acuden al Registro Mercantil Central y solicitan una certificación negativa de denominación social. Este documento les confirma que pueden usar el nombre sin conflicto con otra empresa registrada.

Con el nombre asegurado, deben redactar los estatutos de la sociedad. En ellos establecen aspectos clave como el objeto social (desarrollo y consultoría de software), el domicilio (una oficina en el centro de Bilbao) y la distribución del capital social, que fijan en 3.000 euros, el mínimo requerido. Como son tres socios, cada uno aporta 1.000 euros. Este capital debe ingresarse en una cuenta bancaria a nombre de la sociedad en constitución, obteniendo el certificado bancario correspondiente.

El siguiente paso es formalizar la escritura de constitución ante notario. Acuden juntos a una notaría en Bilbao y firman el documento que recoge la creación de «TeknoBil SL». En este punto, designan a Marta como administradora única, ya que prefieren una gestión ágil sin necesidad de acuerdos constantes entre los tres.

Con la escritura en mano, llega el momento de inscribir la sociedad en el Registro Mercantil de Bizkaia. Presentan la documentación y, tras unos días, la inscripción queda formalizada. Desde este momento, «TeknoBil SL» existe legalmente.

No pueden olvidarse de los trámites fiscales. Para ello es imprescindible que obtengan un certificado digital, lo cual puede hacerse de diversas maneras, siendo el de la FNMT uno de los más utilizados. A continuación Solicitan el NIF definitivo en la Agencia Tributaria y dan de alta la empresa en el censo de empresarios. Además, deben declarar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y registrarse en la Seguridad Social si van a contratar empleados o si los socios van a cotizar en el Régimen de Autónomos.

Finalmente, con todos los permisos en orden, Marta, Iker y Jon pueden empezar a operar con su empresa. Han recorrido un camino administrativo que, aunque puede parecer complejo, es accesible si se siguen los pasos adecuados, aunque siempre es muy recomendable contar con un asesoramiento profesional.

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