Archivo del Autor: Pablo Aretxabala

Avatar de Desconocido

Acerca de Pablo Aretxabala

Pablo Aretxabala (www.linkedin.com/in/pabloaretxabala)

Lo que debes saber para cumplir la nueva normativa de prevención si tienes personas contratadas en casa.

Hasta hace no tanto, la idea de aplicar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito del hogar parecía lejana, casi imposible. Pero los tiempos cambian, y afortunadamente también lo hacen las leyes, especialmente cuando lo que está en juego es la dignidad y seguridad de miles de personas que trabajan en los hogares ajenos cuidando, limpiando o cocinando. Ahora, quienes ya tengan o contraten personal doméstico deberán cumplir nuevas obligaciones en esta materia. Vamos a ver con claridad qué implican, cómo se deben cumplir y qué consecuencias puede tener ignorarlas.

¿Qué dice la nueva normativa?

El punto de partida está en una reforma legal introducida en 2024 en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, a través de una disposición adicional vigesimoprimera. Esta disposición viene a decir, de forma clara, que la prevención también aplica al Sistema Especial para Empleados y Empleadas del Hogar, equiparándolo progresivamente con el resto de sectores.

Así se da cumplimiento a una demanda histórica del colectivo, respaldada por sentencias del TJUE y recomendaciones internacionales, que reconocen que la exclusión de este ámbito laboral de ciertos derechos era una forma de discriminación indirecta, especialmente grave teniendo en cuenta que la inmensa mayoría de las personas afectadas son mujeres y muchas, además, migrantes.

Obligaciones concretas para los empleadores

Estas son, desglosadas, las nuevas obligaciones principales que deberán asumir las personas empleadoras:

Evaluación de riesgos del puesto de trabajo: A partir de ahora, las personas que emplean a trabajadores y trabajadoras del hogar deben realizar una evaluación de riesgos laborales en el domicilio. Esta evaluación debe identificar los posibles riesgos asociados a las tareas domésticas y establecer medidas preventivas para mitigarlos. El proceso debe completarse antes del 14 de noviembre de 2025, y el informe resultante debe conservarse y entregarse a la persona trabajadora. Para cumplir esta obligación, el Gobierno ha implementado en Prevención10.es una plataforma en línea que guía a las personas empleadoras a través de un cuestionario para evaluar los riesgos laborales en el hogar. La herramienta genera un informe personalizado que incluye:

  • Identificación de riesgos específicos en el domicilio.
  • Medidas preventivas recomendadas.
  • Materiales informativos para la persona trabajadora.
  • Registro de fechas de implementación y seguimiento de medidas.

Además, la plataforma ofrece recursos adicionales y un servicio de atención telefónica gratuito para resolver dudas: 913 63 43 00, disponible de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.

Una vez realizada la evaluación, las personas empleadoras deben implementar las medidas preventivas necesarias, como proporcionar equipos de protección adecuados y garantizar condiciones de trabajo seguras. También deben informar a la persona trabajadora sobre los riesgos identificados y las medidas adoptadas.

Formación en prevención de riesgos: Las personas trabajadoras del hogar tendrán derecho a recibir formación en prevención de riesgos laborales. Esta formación será única, incluso si prestan servicios para varias personas empleadoras, y se centrará en los riesgos asociados a las tareas del hogar. La formación se impartirá preferentemente durante la jornada laboral o, si no es posible, fuera de ella con la correspondiente compensación en tiempo de descanso. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) gestionarán esta formación a través de una plataforma en línea.

Protocolo frente a violencia y acoso: El INSST elaborará, antes del 10 de septiembre de 2025, un protocolo de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en el servicio del hogar familiar. Este protocolo establecerá procedimientos claros para enfrentar situaciones de violencia, acoso sexual y acoso por razón de origen racial o étnico, nacionalidad, sexo, identidad u orientación sexual o expresión de género.

Vigilancia de la salud y reconocimientos médicos: Las personas trabajadoras del hogar tendrán derecho a reconocimientos médicos periódicos y gratuitos, realizados al menos cada tres años, salvo que por indicación médica se establezca una periodicidad más corta. Estos reconocimientos se realizarán dentro del Sistema Nacional de Salud y requerirán el consentimiento de la persona trabajadora.

Derecho a interrumpir la actividad en caso de riesgo grave: Las personas trabajadoras del hogar tendrán derecho a interrumpir su actividad si consideran que están enfrentando un riesgo grave e inminente para su salud o integridad física. En ningún caso podrán ser objeto de represalias por parte de las personas empleadoras por ejercer este derecho.

¿Y si no se cumple?

El incumplimiento puede conllevar sanciones administrativas, especialmente si se produce un accidente y se demuestra que no se han adoptado las medidas adecuadas. También podría haber consecuencias civiles o incluso penales si se demuestra una negligencia grave por parte del empleador.

Más allá del marco sancionador, cumplir con esta obligación es una manera de profesionalizar la relación laboral, de prevenir conflictos, y sobre todo de valorar adecuadamente el trabajo que muchas personas realizan en el ámbito doméstico, normalmente sin apenas reconocimiento ni garantías.

Una oportunidad para dignificar el empleo del hogar

Asumir estas obligaciones no va a suponer una carga burocrática más, ni supondrá un coste añadido para las personas empleadoras, sino que será una oportunidad de dar un paso hacia la normalización del trabajo doméstico como lo que es: un empleo con todas las letras. Ya no vale eso de “es solo una ayuda unas horas a la semana”. Si hay un contrato laboral, hay derechos. Y si hay derechos, también debe haber condiciones seguras, prevención y responsabilidad.

Cumplir con estas medidas no requiere conocimientos técnicos ni inversiones, pero sí una actitud consciente y comprometida con las personas que trabajan para sostener la vida cotidiana de los demás. Como siempre, contar con un asesoramiento profesional que nos guíe en el cumplimiento de las obligaciones legales, será la mejor garantía de que evitaremos problemas futuros.

#PrevenciónDeRiesgos #TrabajoDoméstico #EmpleadoresDelHogar #EvaluaciónDeRiesgos #SeguridadLaboral #ServiciosDePrevención #LeyDePrevención #DerechosLaborales #Bilbao #ConsultoríaLegal #TrabajoDigno #SaludLaboral

Claves de la nueva normativa en materia de extranjería.

El pasado 20 de mayo de 2025 ha marcado un punto de inflexión en la política migratoria española con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería. Una reforma que, aunque busca facilitar la integración y regularización de personas extranjeras, introduce cambios complejos que requieren una atención especializada.

Entre las principales novedades, destaca la reorganización de las figuras de arraigo. El tiempo mínimo de residencia en España se reduce de tres a dos años para acceder a modalidades como el arraigo social y el sociolaboral. Además, se incorporan nuevas categorías:

  • Arraigo socioformativo: permite trabajar mientras se cursa formación profesional, con una jornada de hasta 30 horas semanales.
  • Arraigo de segunda oportunidad: dirigido a quienes perdieron su residencia legal en los dos años previos por causas no graves.
  • Arraigo familiar: ofrece una autorización de residencia y trabajo de cinco años para padres, madres o tutores de menores de nacionalidad española o de la UE, así como para cuidadores de personas con discapacidad.

En cuanto a los visados, se establece un nuevo marco que clarifica los requisitos y procesos de autorización. Todas las autorizaciones iniciales tendrán una validez de un año, y las renovaciones serán de cuatro años. Se introduce también un visado para la búsqueda de empleo, con una duración de un año, destinado a personas con formación en sectores con alta demanda como tecnología, sanidad y educación.

Sin embargo, no todas las modificaciones son favorables. Los solicitantes de asilo cuya petición haya sido denegada antes del 20 de marzo de 2025 podrán acogerse a un régimen transitorio que les permite solicitar el arraigo tras seis meses en situación irregular. Pero aquellos con solicitudes pendientes o recurridas quedan excluidos de este proceso, lo que podría dejarlos en una situación de irregularidad temporal. Además, el tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional ya no se contabiliza para acceder a permisos de arraigo, una medida que ha generado críticas por parte de organizaciones de derechos humanos .

Dada la complejidad y el alcance de estos cambios, es fundamental contar con asesoramiento especializado para navegar el nuevo marco legal. Un despacho con experiencia en extranjería como el nuestro puede ofrecer la orientación necesaria para aprovechar las oportunidades que brinda la reforma y evitar posibles obstáculos legales.

La inmigración es hoy en día uno de los principales motores de nuestra economía y hay sectores completos donde su presencia ya se ha convertido en absolutamente imprescindible. Facilitar que estas personas puedan vivir, trabajar, cotizar, pagar impuestos, recibir servicios públicos, etc, en definitiva, ser parte integrante de nuestra sociedad en pie de igualdad, es hoy en día no solo un postulado profundamente ético, sino también muy práctico y beneficioso para el conjunto de la sociedad.

#Extranjería2025 #ReformaMigratoria #Arraigo #VisadosEspaña #AsesoríaLegal #DerechosMigrantes #Bilbao

Llamamiento para UNA PAZ DESARMADA Y DESARMANTE en Gaza.

En un mundo enfrentado, que nos dibuja un mosaico de muerte con una “guerra mundial a plazos” y que van adquiriendo estructuras más enraizadas de permanencia en la violencia y el odio, donde el valor de la defensa de las personas y de los pueblos como centro de la vida plena va perdiendo peso a favor de intereses mercantilistas, del dinero y del poder, anhelamos una sociedad atravesada por la convivencia, el respeto mutuo y la preservación de los derechos inalienables, conquistados con mucho esfuerzo.

Hasta que no haya una paz firme y duradera nuestro silencio no puede ser cómplice de tantas guerras activas.

La realidad que estamos viviendo clama a gritos el fin de todo enfrentamiento y el establecimiento de la paz llena de justicia, en todos los territorios que sufren este flagelo de la guerra, y especialmente en la querida tierra de Palestina, donde, en palabras de la Oficina de Derechos Humanos de la ONU, la escalada militar plantea condiciones de vida incompatibles con la supervivencia de la comunidad palestina, especialmente de la población de Gaza.

En Gaza, las personas mayores, menores y familias supervivientes están ya muriendo de hambre:

No queremos que Atila recorra la franja de Gaza, no queremos ni bombas ni rehenes, queremos justicia y paz para quienes viven en Israel y en Palestina, queremos el pleno respeto de todos los derechos humanos en todo el mundo. No podemos olvidarnos ni mirar para otro lado cuando los hermanos y hermanas sufren y están muriendo a causa de las guerras.

La paz no es el silencio sepulcral después del conflicto, no es el resultado de la opresión ni del exterminio, sino un don que mira a las personas y reactiva su vida. Deseamos esta paz, que es reconciliación, perdón, valentía para pasar página y volver a comenzar en una relación de respeto y convivencia.

Los pueblos quieren la paz:

No podemos olvidar que no hay paz sin justicia y no hay justicia sin reparación, no solo física y de infraestructuras, sino fundamentalmente de tantas personas dañadas en su cuerpo y en su espíritu. Debemos implicarnos todo lo que podamos en este esfuerzo de reparación y de exigencia de parar la guerra como condición primera e ineludible.

Para que esta paz se difunda debemos estar a disposición para que las personas enemigas se encuentren y se miren a los ojos, para que a los pueblos se les devuelva la esperanza y se les restituya la dignidad que merecen, la dignidad de la paz.

Con el corazón en la mano, decimos a quienes dirigen los pueblos: ¡Encontrémonos, dialoguemos, negociemos! La guerra nunca debe ser inevitable porque en ella nadie gana y todos perdemos; las armas pueden y deben callar, porque no resuelven los problemas, sino que los aumentan; porque pasarán a la historia quienes siembran la paz, no quienes cosechan víctimas; porque las demás personas no son ante todo enemigas, sino seres humanos: no son seres malos a quienes odiar, sino personas con quienes hablar.

Para llegar a una situación de “justicia, paz, verdad y fraternidad” se requiere, de manera urgente e inaplazable, terminar con el asedio a la población, así como con el ataque a los hospitales, con los bombardeos a la población civil, la destrucción sistemática de infraestructuras y vecindarios, y la negación de asistencia humanitaria, lo que supone una violación de los derechos humanos más básicos y del derecho internacional humanitario, actos de ocupación equivalentes a una limpieza étnica.

Por eso, y por ser un imperativo para la dignidad humana, reclamamos:

  • Que se respete el Derecho Internacional Humanitario
  • Que se permita la entrada de ayuda humanitaria sin restricciones,
  • Que se respete la defensa de la vida, especialmente de las personas más vulnerables, infancia, enfermas, mujeres, y se libere a todas las personas secuestradas
  • Que se abran corredores humanitarios para asistir a la población civil.
  • Que dirigentes de los Estados sigan imponiendo sanciones a los Acuerdos con quienes no respetan el derecho internacional humanitario y cese el rearme, con un embargo militar integral, en búsqueda de una paz “desarmada y desarmante”
  • Que se dé fin a la guerra en Gaza, y se inicie la reconstrucción de las infraestructuras para una vida digna del propio pueblo palestino en su territorio, hasta consolidar una Paz con Justicia y reparación.

(Este texto es una adaptación del publicado por la Conferencia Episcopal Española, con la cual pocas veces estoy de acuerdo, pero en este caso lo suscribo al 100%. Solo he sustituido las referencias estrictamente religiosas a Jesucristo y al Papa, dejando íntegramente el contenido del comunicado)

Otras 10 cosas clave que debes saber al finalizar la relación laboral con una persona empleada de hogar (actualizado a 2025)

Finalizar una relación laboral en el entorno del hogar no solo implica cerrar una etapa de convivencia y confianza; también supone cumplir con una normativa clara, que ha evolucionado en los últimos años para proteger los derechos de las personas trabajadoras en este ámbito. Desde la eliminación del despido por desistimiento hasta el reconocimiento del derecho a paro, hay una serie de obligaciones legales que conviene conocer y respetar. Aquí tienes un decálogo explicado con detalle, que te servirá de guía si te encuentras en este proceso.

1. El despido por desistimiento ya no es legal: Hasta hace poco, una persona empleadora podía poner fin al contrato de una persona trabajadora del hogar sin alegar ninguna causa concreta, mediante la figura del “desistimiento”. Esa vía ya no está permitida. El Real Decreto-ley 16/2022, que adapta la legislación a las normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), eliminó esta posibilidad. A partir de ahora, toda extinción del contrato debe justificarse por causas objetivas (como un cambio en la situación del hogar) o disciplinarias (como un incumplimiento grave), por mutuo acuerdo, por finalización de un contrato temporal, o por hechos como el fallecimiento, jubilación o incapacidad de la persona empleadora. Cualquier despido que no se ajuste a estos supuestos puede considerarse improcedente.

2. La pérdida de confianza puede ser una causa válida, pero debe estar muy bien fundamentada: En el ámbito del hogar, donde la relación es más personal y de mayor cercanía, se permite considerar la pérdida de confianza como causa de extinción del contrato. Pero esto no significa que baste con decir “ya no me fío”. La ley exige que esa desconfianza esté respaldada por hechos objetivos, verificables y proporcionales. Por ejemplo, descuidos reiterados, faltas de respeto o incumplimientos de las tareas asignadas pueden considerarse motivos razonables si se documentan adecuadamente. No basta con una percepción subjetiva; si no se justifica, el despido puede ser declarado improcedente.

3. La comunicación por escrito es imprescindible: Cualquier decisión de finalizar el contrato debe formalizarse por escrito. Esto significa redactar una carta en la que se explique con claridad la causa del despido, la fecha de efectos y, si corresponde, el cálculo de la indemnización. No se trata de una formalidad burocrática, sino de una obligación legal. Este documento es clave tanto para la persona empleadora como para quien trabaja, en caso de que haya reclamaciones posteriores. Lo ideal es que ambas partes firmen una copia como acuse de recibo.

4. El preaviso es obligatorio y depende de la antigüedad: Una vez tomada la decisión, hay que tener en cuenta el plazo de preaviso legal. Si la persona empleada lleva menos de un año trabajando en el hogar, se deben dar al menos 7 días de aviso antes de la fecha de finalización. Si la antigüedad es superior a un año, el preaviso debe ser de 20 días. Si por cualquier motivo no se quiere esperar a que transcurra ese tiempo, se puede pagar el salario correspondiente al periodo de preaviso junto con el finiquito.

5. La indemnización varía según la causa del despido: Las indemnizaciones dependen directamente del tipo de despido. Si se trata de un despido por causas objetivas (por ejemplo, porque la persona empleadora ya no puede permitirse continuar con la contratación), la indemnización es de 12 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de seis mensualidades. En el caso de un despido disciplinario procedente (cuando hay una falta grave debidamente justificada), no corresponde indemnización. Sin embargo, si el despido se impugna y es declarado improcedente, la indemnización será de 33 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades. De ahí la importancia de actuar con rigor documental.

6. El finiquito debe incluir todos los conceptos pendientes: Además de la posible indemnización, se debe abonar un finiquito. Este documento recoge las cantidades que la persona trabajadora ha generado y aún no ha percibido: salario del mes en curso, vacaciones no disfrutadas, pagas extra no prorrateadas, y cualquier otro concepto pendiente. Todo debe calcularse con precisión y pagarse al finalizar la relación laboral. Aunque se abone en efectivo, transferencia o en mano, conviene dejar constancia por escrito y que la persona trabajadora firme el recibí (puede hacerlo “no conforme” si no está de acuerdo con el contenido).

7. La baja en la Seguridad Social debe notificarse sin demora: Una vez extinguido el contrato, la persona empleadora tiene la obligación de comunicar la baja en el Sistema Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social. Esto debe hacerse en un plazo máximo de tres días naturales desde la fecha de cese. El trámite se puede realizar fácilmente a través de la plataforma Import@ss. No comunicar la baja a tiempo puede generar cuotas indebidas y sanciones.

8. Las personas empleadas del hogar tienen derecho a prestación por desempleo: Uno de los grandes avances introducidos por la reforma legal es que las personas empleadas del hogar ahora cotizan por desempleo y, por tanto, tienen derecho a prestación si cumplen los requisitos de cotización (haber trabajado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años). Para poder acceder a esta ayuda, el despido debe estar correctamente tramitado y registrado. Por eso, una baja mal hecha o un despido informal puede perjudicar seriamente los derechos de quien ha trabajado durante meses o años en el hogar.

9. Si la persona trabajadora no está de acuerdo, puede reclamar: En caso de desacuerdo con el despido o con el finiquito, la persona trabajadora puede presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación laboral de su comunidad autónoma. Si no se alcanza un acuerdo, puede interponerse una demanda judicial. Esto puede suceder, por ejemplo, si se despide a alguien estando de baja médica, durante el embarazo o tras un despido disciplinario mal argumentado. Si el despido es declarado improcedente, el coste para la persona empleadora puede incrementarse de forma significativa.

10. Contar con asesoría profesional evita errores y conflictos: La normativa laboral de las personas empleadas del hogar ya no es tan sencilla como antes. Requiere cumplir plazos, justificar causas y calcular correctamente indemnizaciones y finiquitos. Por eso, contar con el acompañamiento de una asesoría especializada no es solo recomendable: en muchos casos, es la mejor manera de protegerse ante posibles reclamaciones. Además, ayuda a garantizar que todo se haga de forma transparente y respetuosa.

Finalizar una relación laboral doméstica de forma correcta es tan importante como haberla comenzado bien. Se trata de cerrar un ciclo profesional con dignidad, asegurando que todas las partes se sienten respetadas y protegidas, también en los papeles.

#EmpleoDoméstico #DespidoLegal #Finiquito #Indemnización #SeguridadSocial #DerechosLaborales #TrabajoEnElHogar #AsesoríaLegal #ReformaLaboral #Normativa2025

10 cosas que debes saber si vas a contratar a alguien para tareas del hogar.

Contratar a una persona para echar una mano en casa —ya sea para limpiar, cocinar, cuidar o acompañar— es algo habitual en muchas familias. Pero lo que no siempre es tan conocido es que hacerlo con todas las de la ley requiere cumplir una serie de pasos. No basta con pagar a final de mes. Hay que formalizar la relación laboral y respetar unas condiciones mínimas que no son opcionales. Aquí van 10 claves que conviene tener muy claras:

1. Siempre hay que dar de alta en la Seguridad Social, aunque solo venga unas horas. Una de las confusiones más comunes: “Si solo viene dos tardes, no hace falta contrato”. Falso. Desde la primera hora de trabajo, hay que dar de alta a la persona empleada en el Sistema Especial para Empleados del Hogar. No hacerlo puede suponer sanciones y pérdida de derechos para quien trabaja.

2. La persona empleadora debe ser quien reciba directamente el servicio. Si se contrata ayuda para cuidar a una persona mayor, debe figurar como empleadora esa persona —si está en condiciones legales y cognitivas para ello— y no un hijo o familiar. Si no se hace así, el contrato no se extinguirá automáticamente si esa persona fallece. Un detalle que puede complicar mucho las cosas después.

3. Necesitarás un certificado digital o acceso a la plataforma Import@ss. Para tramitar el alta, deberás identificarte electrónicamente ante la Seguridad Social. Si no tienes certificado digital, puedes solicitar uno o gestionar el alta desde una asesoría laboral. También puedes hacerlo desde Import@ss.

4. Debe firmarse un contrato por escrito. El contrato es obligatorio si la relación laboral supera las cuatro semanas, pero es más que recomendable en todos los casos. Debe incluir salario, jornada, descansos, funciones, retribución y duración del contrato. Dejarlo todo por escrito evita malentendidos.

5. El salario mínimo está claro: 1.184 euros mensuales o 9,26 euros por hora. En 2025, el salario mínimo en jornada completa (40 horas semanales) es de 1.184 euros brutos al mes en 14 pagas. Si se paga por horas (con vacaciones y pagas prorrateadas), son 9,26 euros por hora trabajada. No se puede pagar menos.

6. Cotizar a la Seguridad Social tiene un coste y puedes calcularlo fácilmente. Las cotizaciones varían según el salario y las horas. Para saber cuánto debes pagar como empleador o empleadora, la Seguridad Social ofrece esta útil calculadora de cuotas. Además, existen bonificaciones si se cumplen ciertos requisitos.

7. Las bajas médicas y los accidentes también están cubiertos. Desde la reforma de 2022, las personas empleadas del hogar tienen derecho a prestaciones por incapacidad temporal desde el primer día de baja, así como protección frente a despidos injustificados. Además, cotizan para desempleo. Esto supone un avance significativo en sus derechos y debe tenerse en cuenta en la planificación del contrato.

8. Las vacaciones y festivos son irrenunciables. 30 días naturales de vacaciones al año, con al menos 15 días consecutivos si lo pide la persona empleada. Y sí, también tienen derecho a los festivos del calendario laboral. Negociar suprimirlos “a cambio de más sueldo” no es legal ni justo.

9. A partir de 2026, será obligatorio aplicar medidas de prevención de riesgos. La normativa está cambiando: desde ese año, habrá que hacer una evaluación básica de riesgos en el hogar y ofrecer formación mínima en prevención laboral. Aunque suene a trámite empresarial, se trata de proteger también en entornos domésticos.

10. Contar con una asesoría especializada no es un lujo, es una tranquilidad. Si no tienes experiencia en este tipo de contrataciones, lo mejor es apoyarte en profesionales. Una asesoría laboral puede ayudarte con el alta, el contrato, las nóminas y los cambios normativos. Al final, es una pequeña inversión para hacer las cosas bien desde el principio.

Cumplir la ley no solo evita sanciones: también es una forma de reconocer con dignidad un trabajo que muchas veces se realiza en silencio, pero que sostiene el día a día de muchas personas y familias.

#EmpleoDoméstico #DecálogoLegal #TrabajoEnElHogar #SeguridadSocial #ContrataciónResponsable #DerechosLaborales #AsesoríaLegal #RegulaciónDoméstica

Un contenedor de basura desbordado.

La escena es sencilla de imaginar: una calle con mil vecinas y vecinos que comparten un único contenedor de basura. Cada bolsa que cae dentro es un viaje en coche, un vuelo, una fábrica en marcha; es decir, una tonelada de dióxido de carbono. El problema es que el contenedor está diseñado para aguantar como mucho 300 bolsas al día, porque los bosques, los suelos y los océanos —nuestros sistemas de “reciclaje” naturales— solo logran absorber aproximadamente la mitad del CO₂ que emitimos y cada año están perdiendo fuerza. Aun así, hoy lo estamos llenando con mil bolsas, más de tres veces su capacidad. El desastre se anuncia solo.

Si ya es indignante la cantidad total, espera a ver quién la genera. Una sola persona de las mil de nuestra calle imaginaria, ese 0,1% situado en el ático acristalado, tira ella sola la friolera de setenta bolsas de basura diarias en nuestro contenedor. Las nueve personas siguientes —el resto del 1%— añaden 11 bolsas al día cada una, es decir, otras cien. El 9% acomodado, en el que seguramente nos encontramos por aquí, tiramos algo más de 3 bolsas y media al día, en total unas trescientas treinta. El 40% siguiente tira un poco más de 1 bolsa al día, y el 50% más pobre de la calle, no tiene ni para generar basura y tira apenas una bolsa a la semana, y, aun así, vive pegada al contenedor desbordado. Durante el periodo 1990-2015 el 1% más rico ya emitió el doble que el 50% más pobre, y en 2025 esas élites agotaron “su” cuota anual de carbono para el 10 de enero.

Así que tenemos dos problemas: uno es que tiramos el triple de basura del que debiéramos y otro es que tenemos a 1 persona que tira 70 bolsas de basura al día mientras otras 500 solo tiran una bolsa a la semana.

Frente a esta obscena desproporción, la ciencia climática plantea dos llaves maestras: reducir el volumen total de bolsas y repartirlas con justicia. El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático (IPCC) calcula que, para no rebasar 1,5 °C, las emisiones mundiales deben caer cerca de un 70 % y alcanzar la neutralidad en torno a 2050. Trasladado a nuestra metáfora, habría que pasar de mil a trescientas bolsas diarias.

¿Cómo repartir ese recorte? La lógica es tan contundente como el problema: quien más bolsas tira y más recursos posee reduce primero. Al 0,1 % le toca bajar de setenta a dos bolsas; al resto del 1 %, de cien a ocho; al 9 % acomodado, de trescientas treinta a cuarenta. La clase media mundial debería reducir sus depósitos a la mitad-dos tercios. Y la mitad con menos ingresos, la que hoy apenas contamina, podría incluso aumentar algo sus bolsas para cubrir necesidades básicas de energía, transporte o alimentación digna. Así no solo liberamos espacio en el contenedor, sino que garantizamos que nadie quede sin luz ni calefacción mientras la azotea sigue iluminada como un árbol de Navidad.

El camino que la élite pretende vendernos es radicalmente distinto. Consiste en seguir llenando el contenedor y fiarlo todo a compensaciones, tecnologías milagro y un “crecimiento verde” que, de momento, jamás ha evitado que las emisiones sigan batiendo récords. Aviones un 20 % más eficientes terminan abarrotando aún más aeropuertos; plantar árboles mientras abrimos nuevas minas de carbón es como regar el jardín mientras se incendia la casa. Peor aún: los lujos “verdes” de alto poder adquisitivo absorben inversiones y materias primas que se necesitan para democratizar la energía limpia, retrasando la transición para la mayoría.

Frente a ese callejón sin salida, existe un sendero viable y emancipador. Pasa por prohibir o gravar de forma prohibitiva los juguetes de carbono extremo —jets privados, megayates, vehículos de tres toneladas—, implantar un impuesto progresivo al carbono personal que haga impagable un atracón de vuelos intercontinentales, cortar la financiación a nuevos proyectos fósiles y redirigir masivamente el dinero hacia renovables y transporte público. Lo recaudado debe destinarse a garantizar que los barrios sin recursos accedan a electricidad solar, cocinas limpias y líneas de autobús eléctrico; solo así la mitad pobre de la calle podrá vivir mejor sin que el cubo vuelva a rebosar.

La alternativa es dejar que un puñado de mansiones siga descargando furgonetas de basura cada noche mientras piden a la vecindad que recicle mejor sus mondas de fruta. Pero la física es innegociable: o vaciamos desde arriba y reducimos el total, o el contenedor seguirá explotando delante de todas. El reloj climático corre y cada bolsa que añadimos hoy será un metro cúbico de aire tóxico mañana. No se trata de sacrificios individuales frívolos, sino de exigir que quienes más ensucian asuman, por fin, el coste real de su derroche. Porque en esta calle sin salida de emergencia respiramos todas las personas, y la justicia —climática y social— es la única puerta que nos queda abierta.

¿Plan de negocio? No duele, no muerde y hasta te puede salvar el mes.

Arrancar un negocio por cuenta propia —ya sea por ejemplo un centro de uñas en un barrio con movimiento o una actividad como la fontanería en un entorno más disperso— suele ser una mezcla de ilusión, incertidumbre y, seamos sinceros, un poco de vértigo. Muchas veces, el foco está puesto en conseguir clientela, darse de alta como autónomo o encontrar un local asequible. Y todo eso, como contábamos hace poco en otro artículo, es fundamental, sí. Pero hay una herramienta, sencilla y muchas veces infravalorada, que puede marcar la diferencia entre un comienzo desordenado y uno con rumbo claro: el plan de negocio.

No hace falta imaginar un documento de 80 páginas con gráficos sofisticados y lenguaje corporativo. Un plan de negocio útil para una persona autónoma puede caber perfectamente en cinco o seis hojas bien pensadas. Lo importante es que recoja lo esencial: qué servicio se va a ofrecer, a quién, cómo se va a cobrar por ello, cuánto costará ponerlo en marcha, qué gastos fijos habrá y cuántos ingresos se necesitarán para que sea sostenible. Algo tan básico como eso puede evitar sorpresas desagradables más adelante.

Por ejemplo, alguien que quiere abrir un centro de uñas deberá preguntarse: ¿qué otras opciones hay en la zona?, ¿cómo se diferenciará el servicio?, ¿cuál es el precio medio que se cobra?, ¿qué materiales son necesarios y cuánto cuestan?, ¿cuánto se paga por un local?, ¿se podrá asumir esa inversión los primeros meses sin agobios? En el caso de una persona que ofrezca servicios de fontanería, las preguntas cambian un poco: ¿qué herramientas se necesitan?, ¿cómo se va a captar a las primeras personas clientas?, ¿cuánto tiempo se tarda en conseguir una cartera estable?, ¿hay algún nicho sin cubrir (por ejemplo, servicios urgentes en festivos)?

Este tipo de información se puede obtener observando el entorno, preguntando a otras personas emprendedoras, investigando en internet o, mejor aún, con la ayuda de una asesoría que sepa hacer las preguntas adecuadas. Porque el objetivo no es “acertar” con cada cifra desde el principio, sino entender las dimensiones del negocio y poder tomar decisiones con algo más que la intuición.

Además, un plan de negocio puede ser mucho más que un ejercicio de planificación interna. En algunos casos, es un requisito indispensable para trámites como solicitar un permiso de residencia por cuenta propia o acceder a subvenciones públicas para iniciar la actividad. Las instituciones valoran que haya una mínima estructura detrás del proyecto, y este tipo de documento demuestra seriedad y preparación. Pero incluso cuando no es obligatorio, es altamente recomendable. Una persona que ha reflexionado y puesto por escrito cómo funcionará su negocio empieza con ventaja, sin duda.

Contar con apoyo profesional para hacer este plan no es tan caro como a menudo se imagina. En una asesoría como la nuestra, acostumbrada a trabajar con personas autónomas y pequeños negocios, sabemos cómo guiar ese proceso sin convertirlo en una odisea ni en un gasto desmedido. Lo importante es que quien emprende no lo haga a ciegas, sino con una linterna que, aunque no ilumine todo el camino, sí permita ver dónde se pisa al menos los primeros metros.

#Emprendimiento #PersonasAutónomas #PlanDeNegocio #Asesoría #NegocioPequeño #Subvenciones #PermisoDeResidencia #Bilbao #ConsultoríaEmpresarial

Ten en cuenta estos puntos para evitar pagar más de lo que debes en la declaración de la renta.

Estamos en plena campaña de la declaración de la renta y hace unos días os comentábamos algunas deducciones que quizá no conocíais, y que pueden ser relevantes para tener en cuenta.

Veamos algunas cuestiones más, porque aunque el impuesto del IRPF no deja mucho margen, sí que hay algunos aspectos que conviene tener presentes, e incluso planificar de un año para otro.

Si tienes dos hijos o hijas, y uno de ellos tiene una discapacidad, podrás declarar como familia numerosa, con la consiguiente bonificación. También puedes incorporar a tu declaración a un ascendiente con el que convivas y si tiene una discapacidad, tendrás una bonificación adicional.

Si tienes una actividad económica, es decir eres un autónomo o autónoma, suele ser habitual declarar por el sistema simplificado en el que hacienda, además de los gastos que declares, te va a añadir un % de gastos que no tendrás que justificar. Pero si tienes inversiones importantes en activos de cualquier tipo (herramienta, maquinaria, etc) te conviene echar cuentas porque por el sistema de estimación directa Hacienda te permitirá deducirte las amortizaciones de ese activo. Te interesará calcular si esas amortizaciones son superiores al % de gastos que Hacienda te «regala» por el sistema simplificado. Además esto lo tienes que planificar ya que debes comunicar a hacienda entre enero y abril de cada ejercicio de qué manera vas a tributar en el siguiente.

En el caso de las personas autónomas es importante también acordarse de que se hayan incorporado en los gastos los pagos de las cuotas de la seguridad social, y también de que el primer año se dispone de una bonificación adicional que hay que solicitar.

Por último estarían las aportaciones a las EPSV, que permiten conseguir una reducción de la base y en consecuencia del pago final. Son una herramienta interesante pero que conviene planificar bien ya que cuando se produzca el rescate de las aportaciones habrá que tributar por él y según en qué modalidad se haga dicho rescate, el impacto fiscal puede ser muy relevante.

En definitiva, aunque aparentemente basta con aceptar el borrador que Hacienda nos envía a casa, antes de hacerlo conviene consultar para asegurarse de que está todo bien incluido y evitar así pagar más impuestos de los que realmente nos corresponden.

#RentaBizkaia #FiscalidadInteligente #DeduccionesIRPF #ConsultoríaLegal #AsesoramientoEmpresarial #Vivienda #Autónomos #PYMES #Bilbao

Creando una pequeña huerta ecológica urbana desde cero.

El año pasado decidí dar un pequeño pero significativo paso hacia un estilo de vida más sostenible y consciente: montar una pequeña huerta ecológica urbana. Mi experiencia previa en jardinería era prácticamente nula, pero las ganas y la motivación sobraban. Todo comenzó con una conversación informal durante una agradable tarde de sobremesa en Itxas Argia. Entre risas y bromas, surgió la idea de crear una huerta casera en el jardín de mis queridos amigos Estela e Iñaki. Sin su generosidad, esta aventura nunca habría podido comenzar, así que aprovecho para expresarles nuevamente mi profunda gratitud.

Enseguida me puse manos a la obra, consciente de que el primer paso era adquirir los conocimientos necesarios para hacer realidad este proyecto. Me hice con dos libros fundamentales que se convirtieron en mis guías esenciales durante esta aventura: «Vente al huerto», de La Huertina de Toni, y «Manual Práctico del Huerto Ecológico», de Mariano Bueno. Estos libros ofrecen consejos prácticos, explicaciones claras y recomendaciones útiles para personas sin experiencia previa, como yo. Además, tuve la suerte de contar con valiosos consejos familiares y la colaboración constante de mi familia y mi cuadrilla.

Una de las primeras tareas fue elegir el lugar idóneo en el jardín. Con Estela identificamos dos zonas óptimas, que posteriormente se transformarían en dos bancales grandes de aproximadamente tres metros por dos metros cada uno. La tarea de comprar los materiales, como maderas y herramientas, resultó más complicada de lo previsto inicialmente, especialmente cuando las tablas no cupieron en mi coche. Gracias a María, que me prestó el suyo, y a Luis, que vino a echarme una mano, pudimos resolver ese primer obstáculo.

El montaje de los bancales fue una aventura en sí misma. Una herramienta básica como el taladro se quemó justo cuando íbamos por la mitad del trabajo, obligándonos a posponer la tarea y buscar alternativas. Esta experiencia me enseñó que en jardinería, como en la vida, la paciencia y la adaptabilidad son fundamentales. Finalmente, con perseverancia, logramos montar ambos bancales y los llenamos con compost y tierra. Aquí nuevamente Luis fue clave, aportando no solo su ayuda física y su entusiasmo contagioso, sino también un centenar de sacos de tierra y compost.

Después de preparar el terreno y aplicar estiércol de caballo, llegó el emocionante momento de plantar. Optamos por una variedad considerable de cultivos: calabacines, tomates, lechugas, fresas, brócolis, cebollas y pimientos. Al principio, admito que cometimos algunos errores, como hacer los bancales demasiado anchos, dificultando el acceso a las plantas del centro. No obstante, estos errores resultaron valiosos aprendizajes que aplicaríamos en futuras temporadas.

Durante los primeros meses, observábamos con fascinación cómo nuestras plantas iban creciendo. El cuidado diario implicaba tareas como regar, podar, abonar y vigilar atentamente cualquier señal de plagas o enfermedades. Un desafío importante llegó con los mirlos, que rápidamente encontraron en nuestro huerto un buffet irresistible. Intentamos disuadirlos inicialmente colgando CDs brillantes, pero finalmente tuvimos que instalar una malla protectora. Otro reto inesperado fue la aparición de la polilla Tuta Absoluta, que atacó nuestros tomates. Tras investigar, colocamos una trampa de feromonas, que afortunadamente resultó efectiva para controlar esta plaga, aunque nos dañó casi el 80% de la cosecha.

Ver crecer nuestra propia comida fue verdaderamente emocionante, y cada cosecha representaba un logro personal y colectivo. La abundancia de la producción nos sorprendió gratamente: recogimos casi 600 pimientos riquísimos, más de 60 tomates, alrededor de 40 calabacines y muchas decenas de lechugas, entre otros productos frescos y deliciosos. Compartir estos alimentos con amigos y familiares no solo generó alegría, sino también fortaleció nuestras relaciones personales.

Tener una huerta urbana me ha traído numerosos beneficios personales más allá de la alimentación saludable. Fue una terapia natural contra el estrés, brindando momentos diarios de calma y reflexión al aire libre. Además, contribuyó a incrementar mi actividad física regular y a mejorar notablemente mi estado de ánimo general. La huerta se convirtió también en un lugar perfecto para aprender sobre sostenibilidad, responsabilidad y la importancia del cuidado ambiental, ganando en conciencia ecológica y respeto por la naturaleza.

Actualmente, estoy preparando todo para esta nueva temporada con más entusiasmo y, sobre todo, con la confianza que da haber adquirido experiencia. Cada error cometido el año anterior ha sido una oportunidad invaluable para aprender y mejorar. Este año tenemos previstas algunas mejoras en el diseño y manejo de los bancales, la selección de variedades de plantas más resistentes a plagas, y la aplicación más regular y precisa de tratamientos preventivos naturales.

Desde mi experiencia personal, quiero animar a todas las personas que lean este artículo a aventurarse en la creación de una huerta urbana propia, por pequeña que sea. No importa si no tienen conocimientos previos; yo tampoco los tenía. Basta con tener curiosidad, paciencia y ganas de aprender. Cultivar una pequeña parcela no solo contribuye a reducir nuestra huella ecológica, sino que además mejora nuestra calidad de vida en muchos aspectos: salud física y mental, satisfacción personal, vínculos familiares y sociales, y una mayor conexión con el entorno natural que nos rodea.

En definitiva, mi pequeña huerta ecológica urbana ha sido una fuente inagotable de aprendizajes y satisfacciones. Os aseguro que una vez que probéis el placer de cultivar vuestros propios alimentos, no querréis dejarlo. ¡Animaos a dar ese primer paso hacia una vida más verde y consciente!

#HuertoUrbano #VidaSostenible #CultivoEcológico #JardineríaUrbana #Sostenibilidad #AprendizajeVerde #EcologíaDoméstica

La venta de CAEs para la realización de obras en comunidades de propietarios.

En el mundo de las comunidades de propietarios, enfrentarse a obras importantes no es precisamente una noticia que se reciba con entusiasmo. Reparaciones de fachadas, rehabilitaciones de cubiertas o mejoras en la eficiencia energética suponen, en la mayoría de los casos, un desembolso considerable que no siempre está previsto en las cuentas anuales. Sin embargo, en los últimos tiempos ha surgido una herramienta que puede ayudar a hacer frente a estas inversiones: los Certificados de Ahorro Energético, o CAEs.

Los CAEs permiten a las comunidades de propietarios obtener una certificación oficial por las mejoras energéticas realizadas en su edificio. En otras palabras, si una comunidad acomete obras que reduzcan el consumo energético —por ejemplo, mejorando el aislamiento de la fachada o sustituyendo la cubierta por una de mayor eficiencia—, puede conseguir un número determinado de CAEs equivalentes al ahorro conseguido. Estos certificados tienen valor económico y pueden ser vendidos a empresas energéticas obligadas a cumplir con objetivos de eficiencia. Así, lo que inicialmente es un gasto puede convertirse también en una fuente adicional de ingresos.

El Gobierno Vasco, tiene una línea de ayudas para obras comunitarias, que ofrece ayudas a fondo perdido para la comunidad, desgravaciones fiscales a los copropietarios y ayudas directas específicas a quienes están en una situación de especial vulnerabilidad económica.

Esto supone que una comunidad que decida actuar puede beneficiarse tanto de una subvención directa como de la generación de CAEs, optimizando de esta forma su esfuerzo inversor.

Imaginemos el caso de una comunidad en Bilbao que necesita rehabilitar una fachada deteriorada. Antes, el único camino era aprobar derramas, buscar financiación y afrontar los gastos como se pudiera. Ahora, con una buena planificación, esa misma comunidad puede solicitar las ayudas públicas, ejecutar las obras mejorando la eficiencia energética y obtener CAEs que posteriormente venderá a una comercializadora energética. Los ingresos obtenidos de la venta pueden destinarse a amortizar préstamos, reducir futuras cuotas o acometer otras mejoras necesarias.

Por supuesto, para maximizar estos beneficios es fundamental contar con asesoramiento técnico y jurídico especializado. Cada proyecto debe estar bien documentado y las mejoras energéticas deben ser verificables y cuantificables. Además, no todas las obras generan CAEs, por lo que conviene analizar previamente el potencial de cada actuación.

#RehabilitaciónEnergética #ComunidadesDePropietarios #AyudasGobiernoVasco #CertificadosDeAhorroEnergético #ConsultoríaLegal #Bilbao #ObrasEnEdificios #EficienciaEnergética